Contra las personas

Falta de injurias y vejaciones. Denuncia por parte de mujer a su marido por injurias y vejaciones. Procedimiento Derogado


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 04-07-2008
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Faltas / Contra las personas
  • Número: 4500
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ABSOLUCIÓN, FALTA, INJURIAS, VEJACIONES
Descripción:
 


SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Albacete, 20-03-2008
El supuesto de hecho se inicia en fecha 20 de marzo de 2008, al ser el día en que Doña Maria se persona en la Comandancia de la Guardia Civil de Ayna provincia de Albacete, para poner una denuncia a su marido por maltrato psicológico. Hechos que afirma tienen lugar desde el mismo día de la boda, el 23 de septiembre de 2.006. 

Así, el 21 de marzo de 2.008, se le toma declaración a D. Juan por los hechos que viene siendo acusado por su mujer, negando en su declaración todo lo concerniente a lo alegado por Dona Maria. 

Por lo que, como resultado se inicia un juicio rápido por malos tratos en el ámbito familiar, del que da como resultado el que los hechos pueden ser constitutivos de falta, no de delito, incoándose la transformación del procedimiento en juicio de faltas.


Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es D. Juan, y su objetivo es demostrar que en ningún momento por su parte ha existido algún tipo de maltrato hacia su mujer, así como tampoco que sea autor de una falta de injurias hacia su mujer, y que en consecuencia salga absuelto de todas las acusaciones vertidas por su esposa.


La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del abogado consiste en demostrar que D. Juan en ningún momento profirió algún tipo de injuria hacia su mujer Dona Maria, y la forma de conseguirlo es mediante la formula de que no existen testigos presenciales de los hechos que vengan a verificar lo afirmado por Doña Maria, pese a que éstos tuvieron lugar supuestamente en un lugar publico como es un bar con clientela, además de que se encuentran en tramites de separación. Siendo también un hecho revelador el que Doña Maria interpusiera la denuncia cuatro días después de que supuestamente ocurrieran los hechos, pues estos dice que tuvieron lugar el 16 de marzo, y la denuncia la puso el día 20 del mismo mes. Tardanza en el ejercicio de su derecho de defensa, que no seria de tal magnitud cuando se tardó tanto tiempo en reaccionar ante las supuestos hechos de injurias.


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