

Arrendamientos rústicos. Consignación judicial de la renta por el arrendatario ante la negativa del arrendador.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
Don Miguel (propietario y arrendador) y Doña Carmen (arrendataria), en fecha 08 de septiembre de 2008, celebraron un contrato de arrendamiento rústico. En dicho contrato se estableció el precio en la cantidad de SO euros anuales, a pagar el día 08 de septiembre de cada año.
Con posterioridad, Don Miguel se ha negado a recibir el pago de la renta, obligando a Doña Carmen a iniciar acciones judiciales.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es Doña Carmen y su objetivo es el siguiente: Hacer efectivo el pago de la renta del arrendamiento rústico.La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del abogado se basa en realizar la consignación judicial de la renta del arrendamiento rústico.