Aclaración de sentencia al objeto de definir si la absolución del acusado se debe a su inocencia o su no culpabilidad. Imposibilidad de aclaración de los hechos probados en la sentencia. Asociación ilícita
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Fecha de resolución del caso: 11/12/2001
- Número: 3557
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Procesal penal / Otras cuestiones procesales
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ACLARACIÓN DE SENTENCIAS, ASOCIACIÓN ILÍCITA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO, Recurso de súplica
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
En fecha del supuesto de hecho recayó sentencia, en autos de procedimientos abreviado, por la que se absuelve a don Vladimir de un delito de asociación ilícita.
Por entender que no quedan del todo claro algunos puntos de la sentencia referentes a la absolución de los delitos imputados a don Vladmir, la representación procesal de éste solicita ante la Audiencia Provincial de Barcelona la aclaración de dicha sentencia.
En fecha 9 de noviembre de 2001 la Sala dicta un
Auto por el que acuerda no haber lugar a la aclaración solicitada, motivando su resolución en el hecho de que la modificación de los hechos probados no entra dentra de la previsión del art. 161 de la LECRIM. Contra el referido
Auto, la representación de don Vladmir interpone un
Recurso de súplica.
Objetivo. Cuestión planteada.
En este caso el cliente es don Vladmir, y lo que pretende con la interposición del
Recurso es que, mediante la estimación del mismo, la Audiencia Provincial proceda a aclarar la sentencia absolutoria en el sentido de que dejar claro si la absolución de su representado se debió que don Vladmir no tuvo relación con los hechos imputados (inocencia) o, simplemente no considera probados los hechos por parte de la acusación.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado de don Vladmir se basa en interponer un
Recurso de súplica contra el
Auto que acordó no haber lugar a la aclaración solicitada, en virtud de lo dispuesto en los arts. 236 y ss de la LECRIM.
El abogado utiliza como argumento el hecho de que no pretende una modificación de los hechos probados y que, en el supuesto de que se considere inocente a su representado, podrá el mismo reclamar una indemnización por haber estado en prisión preventiva durante un año de manera injustificada.
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