

Responsabilidad extracontractual. Reclamación de daños materiales. Accidente de tráfico. Inversión carga de la prueba.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
El supuesto de hecho se inicia el 12 de diciembre de 2007, al ser esta la fecha en la que tiene lugar el accidente de circulación en el que se ve implicado el vehículo propiedad del Sr. “A”, el cual sufre diversos daños materiales y el vehículo propiedad del Sr. “B” y asegurado con la entidad “C”, el cual niega verse implicado en dicho accidente de circulación.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es el Sr. “B” y la entidad aseguradora “C” y su objetivo es evitar ser condenada al pago de la cantidad reclamada por los daños que ha sufrido el vehículo del Sr. “A” más intereses y costas, al alegar que en modo alguno intervino en el siniestro descrito, por lo que ninguna responsabilidad en el accidente se le puede achacar al mismo.La estrategia. Solución propuesta.
Con el objeto de que el Sr. “B” y la aseguradora “C” sean exonerados de cualquier responsabilidad en el siniestro y por tanto absueltos de todos los pedimentos efectuados en su contra respecto a la condena por los daños reclamados, se ha de acreditar que realmente el vehículo del Sr. “B” no intervino en el siniestro, porque ese día no se encontraba en el lugar de los hechos, por lo que no pudo ser quien causara los daños reclamados.
En caso contrario de poder acreditar esta circunstancia el Sr. “B” vería estimada la Demanda presentada de contrario, llegando a ser condenado como responsable del accidente y debiendo abonar los daños reclamados la aseguradora “C” al concurrir los requisitos exigidos por la Jurisprudencia para que sea estimada la reclamación de responsabilidad extracontractual presentada por el Sr. “A”, por entender que no se ha podido acreditar que el Sr. “B” no es el responsable en la causación del siniestro.