Servidumbre

Servidumbre de paso, luces y vistas, alero y vertiente de tejado. servidumbre por causa fundada en signo aparente de servidumbre, por destinación del padre de familia.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 15-02-2007
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Derechos reales de goce / Servidumbre
  • Número: 2699
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ACCIÓN CONFESORIA, JUICIO VERBAL, SERVIDUMBRES

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Siero (Asturias), 14-02-2006
El supuesto de hecho se inicia el 14 de febrero de 2006 con la interposición por parte doña María y doña Argentina, Demanda de juicio verbal en ejercicio de acción confesaría de servidumbres de paso, luces y vistas, alero y vertiente de tejado, contra doña Armanda.

Doña Argentina es propietaria del 50% de la citada cuadra al haber sido adquirida por su esposo encontrándose en régimen de gananciales, y correspondiendo el restante 50% a la comunidad hereditaria de D. José, en cuya representación actúa su hija doña María.

Por la parte derecha de la cuadra de doña María y doña Argentina, por donde linda con la finca de de la demandada doña Armanda, existe un acceso a la cuadra. Desde siempre, y hasta hace unos meses, existía un derecho de paso sobre la fincade doña Armanda, con el fin de que los propietarios de la cuadra pudieses acceder a su parte superior.

A su vez, la Dª Argentina es propietaria de una casa, que tiene ventanas abiertas en la pared que linda con la finca de la Demanda.

La finca de Dª Armanda se encuentra arrendada a Dª Fátima.

Tanto la finca de Dª Armanda como la cuadra y la casa de doña Argentina y doña María en su día pertenecieron como un solo inmueble, a un titular único, el cual, estableció unos signos claros y visibles entre las mismas constitutivos de una relación de servicios o utilidad de un predio al otro. Sin embargo, una vez divididas las fincas no se han hecho desaparecer estos signos externos.

La interposición de la Demanda se debe al hecho de que, a raíz de que doña María y doña Argentina empezaron a arreglar la cuadra, doña Armanda construyó un muro, cerrando con ello el paso existente en su finca a favor de la cuadra y obstaculizando a éstas el ejercicio de su legitimo derecho.


Objetivo. Cuestión planteada.
Las clientas son doña Argentina y doña María, y su objetivo es claro:
- que se declare la servidumbre de luces y vistas, y una servidumbre de alero y vertiente de tejado en beneficio de la casa de la señora Argentina.
- que se declara la servidumbre de paso, y de luces y vistas a la cuadra de la señora María.
- que se condena a las demandadas a destruir el muro construido para impedir el paso.


La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en constituir las servidumbres de paso, luces y vista, alero y vertiente de tejado, mediante la aplicación del artículo5 41 del Código Civil. Es decir, una modalidad de adquisición de servidumbre por causa fundada en signo aparente de servidumbre, por destinación del padre de familia, acreditándose la concurrencia de los requisitos necesarios para su existencia.


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