Impuesto de la Renta de las Personas Físicas

Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas. Reducción de rendimientos íntegros del trabajo personal.




  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 01-04-2003
  • Materia: Derecho Fiscal y Tributario
  • Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos / Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
  • Número: 2186
  • Tipo de caso: Caso Extrajudicial
  • Voces: DEDUCCIONES EN EL IRPF, IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, PLANES Y FONDOS DE PENSIONES

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Descripción:

1.- Certificación de abono de la prestación por pensión de jubilación. 2.- Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional. 3.- Modelos de la AEAT para efectuar alegaciones. 4.- Escrito de alegaciones ante la Oficina de Gestión Tributaria. 5.- Resolución de la Administracion de Pedralbes de la AEAT.

Documentos originales presentados


El caso


Supuesto de hecho.
Barcelona, 28-02-2003
El supuesto de hecho se inicia el 28 de febrero de 2003, fecha en que don José recibe de la Oficina de Gestión Tributaria una notificación de trámite de audiencia y propuesta de liquidación provisional de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio 2001.

Don José es arquitecto y durante el ejercicio 2001 se le abonó la cantidad de 6.632,22€, en concepto de pensión de jubilación por la Hermandad de Arquitectos Superiores, Mutualidad de Previsión social a Prima fija. Por tanto, en su declaración de IRPF, se dedujo las cantidades abonadas a dicho plan de pensiones.

La Oficina de Gestión Tributaria considera que la reducción practicada sobre los rendimientos íntegros del trabajo personal es incorrecta, por lo que gira una liquidación provisional en la que resulta que don José debe pagar una cuota de 469,22€.


Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es don José y su objetivo es demostrar a la Oficina de Gestión Tributaria que las deducciones aplicada en su declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2001 son correctas, y por tanto no debe pagar la liquidación provisional que le ha notificado la Oficina de Gestión Tributaria.


La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en presentar las alegaciones oportunas con el fin de demostrar que las deducciones aplicadas por don José son correctas.
Cantidad de casos completos visualizados en el mes: