Compraventa Participaciones Sociales

Sociedades. Compraventa de Participaciones Sociales. Formalización de la compraventa en documento público.




  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Sociedades / Sociedad de Responsabilidad Limitada / Compraventa Participaciones Sociales
  • Número: 2113
  • Tipo de caso: Caso Extrajudicial
  • Voces: Escritura publica, Participaciones sociales

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Descripción:

1.- Escritura de compraventa de participaciones sociales.

Documentos originales presentados


El caso


Supuesto de hecho.
Barcelona, 01-04-2005

D. Eduardo es socio de una mercantil llamada XX, S.L., dueño de 2.250 participaciones de dicha sociedad, y en fecha de inicio del supuesto de hecho, es decir en  abril de 2005, D. Eduardo comparece a una Notaría de Barcelona, juntamente con D. Bernardo y Dª. Teresa, con el objetivo de formalizar la compraventa de un total de 250 participaciones de la mercantil XX, S.L.



Objetivo. Cuestión planteada.
En este supuesto los clientes son D. Bernardo y Dª. Teresa, parte compradora de las participaciones sociales, y su objetivo con el otorgamiento de la respectiva Escritura es formalizar la compraventa, puesto que la ley exige que la referida transmisión conste de documento público.


La estrategia. Solución propuesta.

En el supuesto que nos ocupa la estrategia del abogado de los clientes D. Bernardo y Dª. Teresa consiste en asesorar profesionalmente a su cliente acerca de las particularidades del caso concreto, los documentos que deberá aportar al acto de otorgamiento de la Escritura de compraventa de participaciones, así como de los detalles relativos al pago del precio estipulado entre las partes.

El abogado de los compradores también debe alertar a sus clientes sobre la necesidad de que la operación de compraventa se realice mediante Escritura pública, puesto que, como requisitos formales de la transmisión, la Ley exige, en primer lugar, que la misma conste en documento público, requisito este necesario, pero no suficiente a efectos del ejercicio de los derechos de socio frente a la sociedad emisora.

En este sentido, hay que  mencionar que D. Bernardo y Dª. Teresa sólo podrán  ejercer derechos de socio desde que la sociedad tenga conocimiento de la transmisión, por lo que su abogado debe cuidar de que dicha comunicación se lleve a cabo de forma fehaciente. En esta línea, la legislación actualmente vigente, Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada en su artículo 29.2.a), establece que el socio que se proponga transmitir su participación o participaciones deberá comunicarlo por escrito a los administradores, haciendo constar el número y características de las participaciones que pretende transmitir, la identidad del adquirente y el precio y demás condiciones de la transmisión.

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