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Urbanismo
Deber de restitución de terrenos al dominio público en zona marítimo-terrestre. Invasión de parte de la playa por las instalaciones de la empresa hostelera sancionada
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 18-12-1995
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Urbanismo
- Número: 2099
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Bienes de dominio público, Costas y playas, EXPROPIACIÓN FORZOSA, PLANEAMIENTO URBANÍSTICO, PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Descripción:
1.- Alegaciones en el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de 1 de febrero de 1991, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, en materia de dominio público.
2.- Contestación del Abogado del Estado al recurso de apelación interpuesto de contrario contra la la Sentencia de 1 de febrero de 1991, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, en materia de dominio público.
3.- Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de diciembre de 1995 en materia de invasión de dominio público.
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Alicante, 01-02-1991
El 7 de septiembre de 1987, el Servicio de Costas, dependiente entonces del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, dictó resolución sobre restitución de terrenos de dominio público en la zona marítimo-terrestre.
La empresa de hostelería DENIAS recurrente había invadido parte de la playa con sus instalaciones y, mediante dicha resolución, se acordaba el desalojo de esa zona invadida en el plazo de 25 días.
Ante tal resolución, el propietario del restaurante, D. Claude, interpone demanda contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, el cual, en la fecha de inicio de este supuesto de hecho, dicta Sentencia estimando parcialmente el recurso en lo referente al plazo para restituir la zona a su estado original, concediendo un año a tales efectos, pero mantiene la orden de retirar las construcciones realizadas, consistentes en una terraza, un muro de defensa y vallado de la parcela.
No satisfecho con la resolución judicial, D. Claude presenta recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.
La empresa de hostelería DENIAS recurrente había invadido parte de la playa con sus instalaciones y, mediante dicha resolución, se acordaba el desalojo de esa zona invadida en el plazo de 25 días.
Ante tal resolución, el propietario del restaurante, D. Claude, interpone demanda contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, el cual, en la fecha de inicio de este supuesto de hecho, dicta Sentencia estimando parcialmente el recurso en lo referente al plazo para restituir la zona a su estado original, concediendo un año a tales efectos, pero mantiene la orden de retirar las construcciones realizadas, consistentes en una terraza, un muro de defensa y vallado de la parcela.
No satisfecho con la resolución judicial, D. Claude presenta recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.
Objetivo. Cuestión planteada.
La empresa recurrente pretende la anulación de esa resolución administrativa por todos los medios que sean aplicables en Derecho, pues su aplicación práctica supondría un grave quebranto económico para D. Claude al ser privado su restaurante de parte de la terraza de veladores con vistas al mar y que se encuentra ubicada dentro de la zona de playa.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del Despacho es tratar de obtener una revocación de la resolución dentro del procedimiento administrativo y, caso de no prosperar, instar la vía judicial hasta obtener una declaración de nulidad de la referida resolución administrativa.
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