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Convenio
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 17-02-2008
- Materia: Derecho Mercantil
- Especialidad: / Derecho Mercantil / Concursal / Convenio y liquidación / Convenio
- Número: 1676
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Concurso, CONCURSO DE ACREEDORES
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado en este supuesto consiste en seguir lo establecido en la Ley Concursal, por lo que, tras la aprobación de la propuesta de convenio por la Junta General de los acreedores, se presenta la misma ante el Juzgado donde tramita el concurso, a los efectos de su aprobación.
En la propuesta de convenio presentada se contienen las proposiciones de quita y espera, y en este sentido el abogado debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 100.1 de la Ley Concursal, respecto a los límites de dichas proposiciones, dado que el mencionado artículo establece que respecto a los créditos ordinarios, las proposiciones de quita no podrán exceder de la mitad del importe de cada uno de ellos, ni las de espera de cinco años a partir de la firmeza de la resolución judicial que apruebe el convenio.