Proceso Contencioso - Administrativo

Demanda contencioso administrativa contra resolución desestimatoria de legalización y acogimiento al régimen excepcional de alquiler de viviendas de la Agencia de Vivienda Social.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-11-2022
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso - Administrativo
  • Número: 13913
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ocupacion ilegal, VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 17-02-2021

Benita solicitó acogerse al régimen excepcional de alquiler de viviendas de la Agencia de Vivienda Social. Más tarde, se dictó resolución de la Agencia de Vivienda Social en virtud de la cual se acordaba inadmitir la solicitud de legalización formulada, que ponía fin a la vía administrativa.

Así, recibió una Diligencia de Ordenación en virtud de la cual se acordaba conferir traslado a esta parte, para que, en el plazo de veinte días, proceda a formalizar la demanda y presente, en su caso, los documentos en que directamente que sirviesen de apoyo a su derecho. Siendo dicha resolución contraria a sus intereses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, interpone la oportuna demanda contencioso administrativa.



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo de la demandante es poder acogerse al régimen excepcional de alquiler de viviendas de la Agencia de Vivienda Social.



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado es alegar:

  • Que la vivienda no se encuentra afectada por las actuaciones de remodelación o renovación de barrios ya que ni en el RD 1133/1984, de 2 de febrero, ni en el Decreto 100/1986, de 22 de octubre se incluye. Por lo tanto, la denegación de la regularización de la ocupación por los motivos que se ponen de manifiesto en la resolución no tienen base legal alguna por no figurar recogido en los mismos.
  • Infracción del artículo 47 y 24 de la Constitución.


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