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Procedimiento Administrativo
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Procedimiento Administrativo
- Número: 13608
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: ASILO, Derecho de asilo, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SUMARIO
- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO
- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
- Argumentos
- Normas y Artículos relacionados
- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS
- BIBLIOTECA
- Libros
- Artículos jurídicos
- CASOS RELACIONADOS
El documento configura un formulario de recurso contencioso administrativo contra la resolución del Ministerio del Interior que desestima la petición de asilo formulada por un ciudadano de nacionalidad ucraniana.
Solución propuesta.
¿Cuánto tiempo tarda la resolución de asilo en España?
El plazo para la notificación de la resolución será de seis meses a partir de la presentación de la solicitud por la persona interesada o de la notificación del acuerdo de incoación del procedimiento de revocación.
¿Cuándo pides asilo te quitan el pasaporte?
A partir del 1 de junio de 2019, según Instrucción de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras del Cuerpo Nacional de Policía, el pasaporte ya no se retiene.
¿A quién concede España protección internacional?
A los refugiados, es decir, a las personas que tengan un temor fundado a ser perseguidas en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual.
A los extranjeros que no son refugiados pero que no pueden regresar a su país de origen por existir motivos fundados de que suponga un riesgo real de sufrir alguno de estos daños:
– Condena a pena de muerte.
– Tortura o tratos inhumanos o degradantes.
– Amenazas graves contra la vida o la integridad como consecuencia de situaciones de violencia indiscriminada.
¿Dónde se solicita protección internacional?
Si llega a España y no puede entrar en territorio español, en el puesto fronterizo.
Si ya está en España:
– En la Oficina de Asilo y Refugio (OAR).
– En cualquier Oficina de Extranjeros.
– En Comisarías de Policía autorizadas.
– En Centros de Internamiento de Extranjeros.
¿Cuándo se debe solicitar protección internacional?
Si se encuentra dentro del territorio español en el plazo de UN MES desde la entrada en España o desde que se produzcan los acontecimientos en que se justifique la solicitud.
¿Cómo se pide protección internacional?
La solicitud se presenta personalmente. Si no puede hacerlo, por imposibilidad física o legal, podrá autorizar a una persona para que lo haga en su nombre. Consiste en una entrevista en la que deberá contestar una serie de preguntas sobre sus datos personales, explicar todas las causas que le llevan a pedir protección internacional y cómo llegó a España. Dicha entrevista le será realizada por una persona responsable que le informará de cómo efectuarla y le ayudará a cumplimentarla para establecer los hechos relevantes.
¿Qué derechos tiene el solicitante de protección internacional?
Si Usted solicita protección internacional en un puesto fronterizo o en territorio español, tendrá los siguientes derechos:
- A permanecer en España hasta que se resuelva su solicitud, salvo reclamación de otro país de la Unión Europea o de un Tribunal Penal Internacional.
- A ser asistido por un abogado, de forma gratuita si no puede pagarlo (Colegios de Abogados u ONG).
- A la asistencia de intérprete en una lengua en que Usted pueda explicarse con facilidad.
- A que su solicitud sea comunicada al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en España.
- A conocer el contenido del expediente en cualquier momento.
- A ser documentado como solicitante de protección internacional.
- A la atención sanitaria en caso de necesidad y recibir prestaciones sanitarias.
¿Cuales son los deberes del solicitante?
Colaborar con las autoridades españolas:
– Diciendo la verdad sobre su identidad presentando los documentos de identidad que tenga o, en su caso, justificando su falta.
– Explicando de forma detallada los motivos por los que solicita protección internacional.
Presentar, lo antes posible, todos los elementos en que se apoye la solicitud.
Informar o comparecer ante las autoridades cuando sea requerido en relación con su solicitud, renovación de documentos, etc.
Informar sobre cualquier cambio de domicilio. Si no informa del cambio de domicilio no podrá recibir las comunicaciones relativas a su solicitud de protección internacional y podrá dar lugar al archivo de su solicitud.
Proporcionar las impresiones dactilares.