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Propiedad intelectual
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-06-2001
- Materia: Derecho Mercantil
- Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial / Propiedad intelectual
- Número: 1314
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: DENOMINACIONES SOCIALES, INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, Marcas, Pacto de exclusiva, Registro de la Propiedad Industrial
1. Propiedad intelectual e industrial. Vulneración del derecho exclusivo sobre marca. Incompatibilidad entre dos denominaciones sociales. |
2. Propiedad industrial. Acción de nulidad por riesgo de confusión. Violación de derechos de marca. |
3. Demanda por violación de derechos marcarios y competencia desleal. |
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Ejercitará acumuladamente las acciones de cesación e indemnización de daños y perjuicios. La estrategia consistirá en insistir en la idea de que el derecho de marca confiere un derecho exclusivo y excluyente sobre la denominación registrada. Ejercitará conjuntamente varias acciones entre las cuales las más efectivas serán las de nulidad de marca y competencia desleal.
Ese derecho exclusivo y excluyente para el tráfico económico fundado en el registro de su marca le faculta a atacar tanto el registro como la utilización de signos posteriores de terceros que, por ser idénticos o semejantes a su marca y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, provoquen un riesgo de confusión en el público. La existencia de este riesgo es precisamente lo que habrá de demostrar el abogado, mediante la comparación de ambos signos y razonando que la evidencia de la similitud no es fruto de una mera casualidad.