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Por daños derivados del uso y circulación de vehículos a motor
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 30-01-2020
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Responsabilidad extracontractual / Por daños derivados del uso y circulación de vehículos a motor
- Número: 13112
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, Responsabilidad civil, Responsabilidad extracontractual, RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, Tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial
1. Demanda. |
2. Contestación y reconvención. |
3. Contestación y oposición reconvencional. |
4. Auto estimación Reconvención. |
5. Sentencia. |
6. Opinión experta del Abogado. |
El 31 de diciembre de 2017, Don Teo, propietario y conductor del vehículo participante en el accidente, asegurado con la compañia ACCI SEGUROS, sobre las 12:30h, tenía su vehículo parado en el arcén de la carretera con las luces de emergencia encendidas, mientras intentaba accionar un dispositivo Bluetooth del vehículo. En el arcén a la altura del ramal de salida de la gasolinera, fue alcanzado en su parte trasera por el ciclista que circulaba por el arcén sin prestar la atención debida.
El atestado que se realizó por los Mossos, no atribuye culpa alguna al conductor del vehículo estacionado.
Sin embargo, el ciclista respondió a la reclamación extrajudicial, que no reconoce la responsabilidad, porque el conductor del vehículo estaba indebidamente estacionado en el arcén junto a una intersección de la vía.
El actor ha reclamado extrajudicialmente los daños al demandado con fecha 12 de febrero de 2018 y 23 de marzo de 2018 mediante burofax, respondiendo el ciclista el 3 de mayo de 2018, que el responsable es el conductor del vehículo.
Ante esta situación, el actor decide presentar demanda de reclamación de cantidad, lo que el ciclista en su período para contestar a la demanda, interpone demanda reconvencional.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se le abonen las cantidades solicitadas en la demanda reconvencional debido al accidente que sufrió el ciclista y sus graves lesiones.
La estrategia. Solución propuesta.
- Presentar demanda reconvencional de reclamación de cantidad por los daños causados al ciclista argumentando que el accidente es un hecho de la circulación, en base al art. 1 de la LRCSVM con infracción del art. 94 RGC por parte del turismo por lo que en base a lo dispuesto en el art. 1.2 procede la concurrencia de culpas, reconociéndose en el ciclista una culpabilidad del 75%, lo que reduce la indemnización justo por debajo de los 6.000€, que permite efectuar reconvención en la demanda de juicio verbal.