Propiedad horizontal

Demanda de juicio ordinario impugnación de acuerdos adoptados en junta de propietarios de comunidad de propietarios y nulidad de junta. Falta de notificación a propietaria.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 01-09-2015
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Propiedad horizontal
  • Número: 12428
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, COMUNIDAD DE VECINOS, JUNTA DE PROPIETARIOS, PROPIEDAD HORIZONTAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Sevilla, 07-09-2013

El demandante, es propietario del inmueble de la comunidad de propietarios demandada, encontrándose actualmente al corriente del pago de las cuotas.

Según tuvo conocimiento el pasado 7 de noviembre de 2013 tuvo lugar la celebración de una junta extraordinaria de propietarios de la comunidad demandada, cuya convocatoria no fue notificada a demandante de la cual ha venido recibiendo todas las citaciones de la comunidad desde hace casi veinte años. Habida cuenta de ello, no pudo asistir a dicha junta ni hacer constar su oposición a los acuerdos allí adoptados. Se alega incumplimiento de la Ley de Propiedad Horizontal por no haber sido notificado.

Ante la Demanda interpuesta, la comunidad de propietarios alega que no existe constancia en el libro de actas del acta correspondiente a la citada junta extraordinaria supuestamente celebrada en la fecha indicada y que no puede pretenderse que una reunión de propietarios llevada a cabo al margen del funcionamiento de la comunidad y de la normativa que regula la misma tenga validez jurídica y pueda ser considerada como junta extraordinaria. Finalmente, el tribunal da la razón a la comunidad.



Objetivo. Cuestión planteada.

- Inadmisión de la Demanda por inexistencia de objeto procesal 



La estrategia. Solución propuesta.

- Comunidad de propietarios no reconoce la celebración de ninguna junta general extraordinaria celebrada en fecha 7 de noviembre de 2013. No existe constancia en el libro de actas de esta comunidad de propietarios del acta correspondiente a la citada junta extraordinaria supuestamente celebrada en la fecha indicada.

- La junta general extraordinaria impugnada no existe como tal, y no tiene validez jurídica alguna para esta comunidad de propietarios. Los acuerdos adoptados en la misma no vinculan a ninguno de los miembros de la comunidad simple y llanamente porque no fueron adoptados por ésta. No puede pretenderse que una reunión de propietarios llevada a cabo al margen del funcionamiento de esta comunidad y de la normativa que regula la misma tenga validez jurídica y pueda ser considerada como junta extraordinaria.



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