Extranjería. Solicitud de nacionalidad. Nacionalidad por origen sefardí.
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Extranjería
- Número: 12339
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: Concepto de Nacionalidad, nacionalidad de origen y nacionalidad derivativa, El Derecho de extranjería. Rasgos generales y marco legal de la extranjería en España, EXTRANJERÍA, Nacionalidad y extranjería
DESCRIPCIÓN
- Tasa modelo 79 Código 026, pagada en entidad bancaria.
- Copia del pasaporte vigente, con todas sus hojas.
- Acta de nacimiento legalizada, apostillada y traducida en su debido caso.
- Acta de matrimonio legalizada, apostillada y traducida en su debido caso.
- Antecedentes penales del país de origen, legalizados, apostillados y traducidos en su debido caso.
- Antecedentes penales del país donde el solicitante hubiera vivido o residido en los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la nacionalidad española, legalizados, apostillados y traducidos en su debido caso.
- Resultado la calificación APTO que demuestre haber superado las pruebas del Instituto Cervantes, en concreto el examen de conocimiento culturales y constitucionales (CCSE). Están exentos de la realización de esta prueba, los menores de edad y mayores de 70 años.
- Resultado la calificación APTO que demuestre haber superado las pruebas del Instituto Cervantes, en concreto el examen de dominio de la lengua española o DELE, en caso de ser necesario, pues, los nacionales de países hispano hablantes están exentos de este requisito. Así mismo, están exentos los menores de edad y mayores de 70 años.
- Al menos dos vinculaciones con España, demostrables de diversas maneras. En el caso que nos ocupa, el solicitante aportó documentación que demostraba su participación en actividades benéficas a favor de entidades españolas.
- Certificado emitido por la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE).
DOCUMENTOS ORIGINALES FIRMADOS POR EL CLIENTE
CONSULTA
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
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El solicitante mayor de edad y de nacionalidad costarricense,deseaba obtener la nacionalidad española por origen sefardí, instrumento recogido en la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
El cliente, ya contaba con su certificado emitido por la Federación de Comunidades Judías de España, y estaba interesado en contratar los servicios para los trámites legales.
Tras la tramitaciónd de todos los documentos, se le concede la nacionalidad.
Solución propuesta.
- El interesado, de nacionalidad costarricense proclamó su derecho excepcional de solicitud a la nacionalidad española, en base a la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, aportando para ello, todos los requisitos necesarios.
- La normativa cedente de este derecho permite que la persona que cumpla con todos ellos, pueda obtener, y ser reconocida como española de origen, rango distintivo, y proceso diferenciado de las personas que obtienen la nacionalidad por residencia o cualquier otra circunstancia legal en el elenco de las nacionalidades.
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