Extranjería

Extranjería. Modificación de residencia. Residencia no lucrativa.


  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Extranjería
  • Número: 12332
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: El Derecho de extranjería. Rasgos generales y marco legal de la extranjería en España, EXTRANJERÍA, Residencia no lucrativa, residencia temporal

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Descripción:
- Pasaporte, reconocido como válido en España, con vigencia mínima de un año. - Tarjeta de residencia - Documentación acreditativa de disponer de medios económicos para el período que se solicita. - Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba, incluyendo la aportación de títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito acompañados de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito en la tarjeta. - Si los medios proceden de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras, radicadas en España, se acreditará mediante certificación de las mismas que el solicitante no ejerce actividad laboral alguna, acompañando declaración jurada en tal sentido. - Documentación acreditativa de disponer de seguro médico. - Empadronamiento en España.

Documentos originales firmados por el cliente





Consulta


Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Madrid, 27-05-2020

El solicitante de nacionalidad mexicana residente legal tenía un permiso de residencia por ser familiar de PAC.

Al ser una tarjeta que da los mismos derechos que la del titular para residir y trabajar, el solicitante sentía la necesidad de no ser dependiente. Por ello se procedió a modificar su residencia de familiar de personal altamente cualificado a residencia no lucrativa por tener medios propios y llevar más de 1 año con residencia.



Solución propuesta.

- En base a la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículos 30 bis y 31) cabe solicitar la no lucrativa, así como los articulos 36 y 38.

- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos del 45 al 49) establece los requisitos que esta parte cumplía.

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