Proceso Contencioso - Administrativo

Extranjería. Solicitud de nacionalidad. Matrimonio con ciudadano comunitario. Concesión de nacionalidad.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 09-12-2019
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso - Administrativo
  • Número: 12314
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: EXTRANJERÍA, Nacionalidad española, NACIONALIDAD ESPAÑOLA, Nacionalidad y extranjería

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 24-10-2019

La extranjera, de nacionalidad argentina, se encuentra casada con un ciudadano comunitario por lo cual tenía permiso de residencia comunitaria.

Había presentado su solicitud de nacionalidad española en el 2014 y tras años de no obtener respuesta desea   presentar una demanda contra el Ministerio de Justicia por llevar más de un año sin responder a la solicitud de nacionalidad española.

Finalmente, obtiene respuesta favirable y se le concede la nacionalidad.



Objetivo. Cuestión planteada.

Obtener la nacionalidad española



La estrategia. Solución propuesta.

- Se interpone Recurso Contencioso Administrativo por haber transcurrido más de un año conforme a el artículo 11.3 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia que determina que: “El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde que la  solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído RESOLUCIÓN expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados”.

-  Al interponer un Recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional en vía judicial, se pone en marcha un proceso judicial. (Es obligatoria la asistencia de abogado y procurador). Pudiendo demandar en costas al Estado.



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