Supuesto de hecho.
El día 5 de febrero de 2002, D. Pedro, sobre las cinco de la tarde, fue a visitar a sus tíos Dña. Alicia y D. Julián, que estaban acompañados de sus hijos (primos de Pedro) Dña. Leticia y D. Luís.
Después de haber pasado la tarde con la familia y haber cenado con ellos en el restaurante de sus tíos, D. Pedro se dirigió a la casa de éstos, sito en la calle Mayor de la ciudad de Barcelona, lugar en donde ya se encontraba su prima Dña. Leticia, mientras el resto de la familia se encontraba trabajando en el restaurante.
D. Pedro y su prima se encontraban viendo la televisión y, transcurrido un tiempo y sin motivo, se propició una discusión, momento en el cual, D. Pedro sacó de su mochila un cuchillo de cocina de 20 centímetros de hoja, y se dirigió contra su prima con voluntad de causarle la muerte. La agredió repetidas veces con el cuchillo en la cabeza y en las manos, y le causó un total de 29 heridas, hasta que uno de los golpes le atinó en el cuello, le seccionó la arteria tiroidea y le causó una muerte segura. A continuación, dejó el cadáver de su prima boca abajo en el sofá del salón.
Sobre las 23:40 horas del mismo día, su primo D. Luís se dirigió al piso de su familia, en donde aún se encontraba D. Pedro, que al oírlo entrar, se escondió en el pasillo cuando las luces estaban apagadas, empuñando el mismo cuchillo que había empleado con su prima Dña. Leticia. Cuando D. Luís pasaba por su lado, éste se abalanzó sobre él y sin mediar palabras le propinó golpes con el cuchillo en la cabeza, la cara y las manos.D. Luís intentó defenderse, pero se tiró al suelo, cerró los ojos y fingió estar muerto.
Acto seguido, D. Pedro sacó de su mochila ropa nueva para cambiarse y así quitarse la ropa que llevaba manchada con sangre. En ese momento, D. Luis se levantó para comprobar el estado de su hermana, acto que fue oído por D. Pedro, momento en que éste agredió de nuevo a Luís. Como consecuencia, este último cayó al suelo y fingió nuevamente estar muerto.
Seguidamente, D. Pedro trasladó el cadáver de su prima al baño, para evitar que se viera desde la entrada y abandonó el domicilio.
Tras abandonar el piso y haber cogido un hacha de la cocina, llamó por teléfono alrededor de las 00:00 horas del día 6 de febrero de 2002 a sus tíos, y les pidió que le esperaran en el restaurante. Una vez allí, D. Pedro les entretuvo durante unos 30 minutos, comentándoles problemas de tipo económico. Finalizada la conversación, sus tíos invitaron a D. Pedro para que pasara la noche con ellos, invitación que fue aceptada.
Al salir del restaurante se dirigieron los tres al piso y, al llegar, su tío procedió a abrir la puerta, momento en el cual D. Pedro se introdujo rápidamente y, antes de que su tío pasase el umbral de la puerta, sacó el hacha de cocina y atacó con ella a su tío, con toda la intención de darle muerte. D. Pedro le clavó repetidas veces el hacha en la cabeza y en las manos. A continuación, procedió contra su tía cuando estaba entrando atinándole en la cabeza, con las mismas intenciones de matarle.
Sin embargo, D. Pedro fracasó en su intento de asesinar a sus tíos, puesto que éstos consiguieron reducirle en el salón de la vivienda, hasta que llegó la Policía Nacional, que lo detuvieron. D. Pedro está en prisión provisional desde el 8 de febrero de 2002, por un delito de asesinato y otros tres delitos de asesinato en grado de tentativa.
La estrategia. Solución propuesta.
El letrado, ante los hechos irrefutables, basa su estrategia en la disconformidad con los hechos descritos por el Ministerio Público, y en la calificación de los hechos probados como constitutivos de un delito de homicidio del artículo 138 del Código Penal y de otros tres delitos de lesiones previstos en el artículo 148.1 del mismo cuerpo legal.
También alegará las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, previstas en el artículo 21.6 del Código Penal –eximente de analogía de ludopatía- y del artículo 20.5 del Código Penal –estado de necesidad-.