Contrato de préstamo

Demanda de juicio ordinario de nulidad de condiciones generales de la contratación y reclamación de cantidad. Gastos de constitución de la hipoteca indebidamente abonados por el prestatario. Cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores. Desconocimiento de lo que se estaba firmando. Falta de información por parte de la entidad bancaria.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-03-2019
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
  • Número: 11941
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CLÁUSULAS ABUSIVAS, Cláusulas abusivas: concepto y requisitos, Concepto de contrato de préstamo, y de garantía hipotecaria. Contrato constitutivo y requisitos de formalización. Competencia, Defensa de consumidores y usuarios; cláusulas abusivas en la contratación bancaria, En particular, cláusulas abusivas en escrituras de préstamos hipotecarios, gastos hipoteca, HIPOTECA, Hipoteca inmobiliaria, La hipoteca inmobiliaria, La interpretación de las condiciones generales de la contratación y de las cláusulas abusivas, PRÉSTAMO, PRINCIPIOS HIPOTECARIOS, Reclamación de gastos de hipoteca, Reclamación de gastos de hipoteca

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Las Palmas de Gran Canaria, 31-01-2008

El día 31 de enero de 2008, Don Julián otorgó escritura de préstamo hipotecario junto con la entidad financiera Banco S.A. En dicha escritura, concretamente en la cláusula quinta, se establecía una larga lista de gastos que debían ser asumidos indiscriminadamente por el prestatario. Entre dichos gastos se incluían algunos como: 

  • Los gastos de tasación del inmueble y los de las sucesivas tasaciones del mismo que sea preciso practicar, cuando, a juicio de Banco S.A, haya podido producirse una disminución de su valor.
  • Los gastos judiciales o extrajudiciales derivados del incumplimiento de sus obligaciones por la Parte Prestataria, incluidos los honorarios de abogados, aunque su intervención no venga exigida por la ley.
  • Los de inscripción y conservación del inmueble hipotecado, así como del seguro de daños del mismo.
  • Los honorarios de la persona o entidad encargada de las gestiones necesarias para la inscripción y liquidación de la presente escritura y de las previas necesarias.
  • Los aranceles notariales y registrales relativos a la constitución, modificación o cancelación de la hipoteca.

Como consecuencia de la aplicación de la citada cláusula, Don Julián abonó en concepto de gastos de constitución de la hipoteca la cantidad de 1.542,45€.



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del cliente es el siguiente:

  • Se declare la nulidad de la cláusula quinta del contrato concertado por las partes por considerar que se trata de una cláusula completamente abusiva.
  • Se condene a la entidad demandada a restituirle en todos aquellos gastos indebidamente asumidos.


La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado irá encamiinada a demostrar los siguientes extremos:

  • Que, el único beneficiario de la inscripción registral es la entidad que ha concedido el préstamo, por lo que debe ser la misma la única responsable del gasto que supone la inscripción registral de la Escritura.
  • Que el banco es el único beneficiario de la constitución de la hipoteca y por ello, resulta del todo coherente, que sea únicamente la parte demandada la responsable del abono de ese gasto.
  • Que los gastos del registro deben ser abonados por la entidad que concede el préstamo hipotecario, ya que es la misma la única interesada en la inscripción del negocio, pues ello otorga de mayor seguridad jurídica al negocio desde el punto de vista de la entidad bancaria.
  • Que Don Julian actuó en todo momento en calidad de consumidor.
  • Las cláusulas, transcritas en el contrato constituyen una condición general de la contratación de carácter abusivo, al tratarse de cláusulas no negociadas individualmente, incorporadas de manera generalizada por la entidad bancaria demandada en sus contratos de préstamo hipotecario.


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