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Contrato de arrendamiento urbano
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 05-11-2020
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de arrendamiento urbano
- Número: 11783
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ARRENDAMIENTO URBANO DE VIVIENDA, CAUSAS EN LOS CONTRATOS, CESIÓN DE CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS, DEPÓSITO, IMPAGO, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD
El 31 de marzo la parte demandante Juan, alquiló un local a pie de calle a la parte demandada el Ayuntamiento. La renta de dicho alquiler se fijó en 1.260€ más IVA debiendo el demandante pagar por meses adelantados dentro de los diez primeros días de cada mes.
El propio contrato recogía claúsulas que establecían que transcurridos 5 años, desde la suscripción del contrato, las partes podrían resolver el mismo notificándolo con al menos tres meses de antelación y que el arrendatario se obliga a mantener en perfecto estado y uso el inmueble.
El 7 de agosto de 2015, se acordó la rescisión del contrato de arrendamiento, figurando expresamente que el Ayuntamiento procederá al abono de las rentas correspondientes durante esos tres meses.
El 27 de octubre de 2015 se presentó escrito solicitando la devolución de la entrega de las llaves, e indicando que el local debería ser entregado en el mismo estado de conservación en el que se encontraba cuando se arrendó.
El 5 de noviembre de 2015, el Ayuntamiento contestó al citado escrito comunicando que el local “se encuentra en perfectas condiciones de conservación y le será devuelto en adecuadas condiciones de uso" Respecto a la obras sin autorización, se dice en dicha comunicación, que mi representado tenía conocimiento de las obras que se habían realizado en el local, y que además el local se va a entregar en el mismo estado, pero con una mejora, consistente en un servicio con inodoro y lavabo, del que antes carecía.
El 22 de diciembre de 2015, mi representado no tuvo la posesión del local, por lo que incluso procedería la reclamación de la renta correspondiente al mes de diciembre de 2015. En todo caso, la parte demandante con el fin de solucionar este asunto, solo reclamó en su momento las rentas del mes de octubre y noviembre de 2015, y aún así el ayuntamiento se niega a abonar la renta del mes de noviembre de 2015.
La parte señala que es absolutamente incierto que el local careciera de servicio o baño y las llaves del local no le fueron entregadas a mi representado hasta el día 17 de diciembre de 2015.
Objetivo. Cuestión planteada.
La reclamación de las cantidades impagadas por parte de la parte demandada en lo relativo a meses del arrendamiento y facturas de las obras realizadas en el local.
La estrategia. Solución propuesta.
La parte demandante aporta
- Documentación ( facturas, contrato de arrendamiento..)
- Alega artículos relacionados con el caso.
- Perspectiva con respecto a otras sentencias de casos similares