• Fecha de resolución del caso: 29/11/2019
  • Número: 11555
  • Materia:
  • Especialidad:
  • Tipo de caso:
  • Voces: COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, Contenido mínimo del contrato. Facultades del comprador. Facultades del vendedor. Garantías. Incumplimiento., PROMOTOR

Documentos originales presentados

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EL CASO

Supuesto de hecho.

Don Ignacio y Doña Virginia celebraron con la entidad MOGRO R. S.L un contrato de compraventa para la adquisición de una vivienda. El precio de la compraventa quedó establecido en 160.159,60 Euros, se hizo entrega a la firma del contrato (22 octubre de 2005) a la parte vendedora, MOGRO RESIDENCIAL S.L., de la cuantía de 34.106,96 (31.875,66 € más 2.231, 30 € de IVA) mediante cheque bancario.

La promoción nunca se acabó, quedándose la entidad financiera (Bancaja, hoy BANKIA) con los inmuebles, y a la fecha, la promoción se encuentra inacabada, sin licencia de primera ocupación y en situación de abandono.

Objetivo. Cuestión planteada.

La estrategia. Solución propuesta.

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