Propiedad intelectual

Propiedad intelectual. Utilización indebida de derechos de autor. Atribución de autoría y alteración del contenido de la obra literaria


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 09-05-2007
  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial / Propiedad intelectual
  • Número: 1106
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: DAÑOS MATERIALES, Daños morales, DERECHOS DE AUTOR, INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, Lucro cesante, PROPIEDAD INTELECTUAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Villablino (León), 09-07-2004
Don José es autor de la obra objeto del presente proceso, titulada “EL ALTO SIL”, libro que fue publicado en el año 2003 por, Ediciones S.A., dentro del proyecto LIFE titulado “Ancares: gestión coordinada” que fue encargado a la Junta de Castilla y León. El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la misma fue la que decidió que Don José se encargará de preparar una obra sobre la zona del Alto Sil, siendo Jesús colaborador en la realización de la obra con la efectiva ejecución de la mayor parte del material fotográfico utilizado en la misma.

La entidad mercantil URBANIA S.L., dedicada habitualmente a la compraventa y colocación de mobiliario urbano, decidió salir de su marco de actuación habitual para asumir ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la elaboración, por sí misma y a partir de un contrato con la mercantil CONTRATAS, S.A., el contenido de las señales explicativas (que precisaban un conocimiento de la naturaleza y del medio ambiente). La carencia de conocimientos en el tema le obligó a acudir a otras obras ya publicadas sobre la zona, lo que hizo sin pedir la previa autorización, ni fijarse si era o no adecuado para el lugar donde iban a ser emplazadas las señales de la Vía Verde de Villablino, señales que se colocaron el día 9 de julio de 2004, fecha de inicio del supuesto de hecho, colocándolas directamente sin que previamente se remitiera el proyecto, estando expuestas al público durante aproximadamente un mes, quien pudo comprobar que su contenido no cuadraba con el lugar.

URBANIA S.L. aparenta tener la condición de autor por la adjudicación de la obra, incluyendo el contenido de la señal, que exclusivamente corresponde a los verdaderos creadores, omitiendo la procedencia de los textos y fotografías utilizadas y colocando en su lugar su nombre, “URBANIA, SOCIEDAD LIMITADA”, de tal forma que induce a considerar que la demandada es la autora, lo que puede suponer una violación de la legislación de la propiedad intelectual. URBANIA S.L., suprimió la indicación de su autor, y ha confeccionado la mesa de señalización con textos y fotografías del libro “El Alto Sil” como si fueran propios, constando en el libro el nombre del autor y número de depósito legal.


Objetivo. Cuestión planteada.
Los clientes, Don José y Don Jesús, desean obtener una compensación económica por el plagio de su obra, y por el uso de sus derechos de propiedad intelectual, los cuales ha venido explotando la entidad mercantil Urbania S.L. sin autorización o permiso por sus autores y sin recibir contraprestación alguna.


La estrategia. Solución propuesta.
Consiste en demostrar, mediante cualquier medio probatorio admitido en Derecho, en este caso mediante fotografías y otra documental, la existencia del plagio o utilización indebida de los derechos de propiedad intelectual o de autor y de la alteración del contenido de la obra.

También intentará demostrar la existencia de un lucro cesante y de unos daños emergentes derivados de los hechos descritos como nexo causal de los daños y perjuicios, por lo que acumulará la acción de daños y perjuicios a la acción por infracción de derechos de propiedad intelectual.

Ha de tener siempre en cuenta el Abogado que la acumulación de acciones puede ser muy peligrosa en cuanto a la condena en costas, pues de verse estimada parcialmente la Demanda y, por tanto, desestimada una de las acciones acumuladas, ello da ocasión al Juzgador de cargar las costas a cada parte las suyas.


Cantidad de casos completos visualizados en el mes: