Lesiones y malos tratos en el ámbito familiar

Violencia de género. Amenazas. Malos tratos Psíquicos habituales en el ámbito Familiar. Desistimiento de la parte actora. Sentencia Absolutoria. "In dubio pro reo"


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 05-07-2014
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Jurisdicciones especiales / Juzgados de violencia contra la mujer / Lesiones y malos tratos en el ámbito familiar
  • Número: 10949
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: MALOS TRATOS EN EL ÁMBITO FAMILIAR, VIOLENCIA DE GÉNERO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

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  • Prueba
  • Resolución judicial

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Huelva, 01-01-1998

El Sr A y la Sra. B se conocieron en el año 1998 cuando ésta cursaba estudios de Veterinaria en Córdoba y comenzaron una relación sentimental. La relación continuó hastaque contrajeron matrimonio en 2002. Comenzaron a vivir en Córdoba en un piso propiedad del acusado. Tienen dos hijos menores en común. Su primer lugar de residencia fue X, donde se conocieron por ser el Sr. A de allí, y la Sra. B estaba estudiando veterinaria. Allí es donde el acusado trabajaba. En el año 2006 se marcharon a Y, por motivos de trabajo, ya que el acusado se había quedado sin trabajo y allí le ofrecieron un contrato para trabajar en el puerto por nueve meses. Mientras estaban allí, la Sra.B consiguió un trabajo como veterinaria.  En elaño 2007 le surge a la Sra B la oportunidad de trabajar en la Delegación de Salud de Z y la familia se traslada allí.

Se separaron en 2009 debido a un conflicto familiar.Debido a dicho conflicto familiar la actitud del acusado cambió, encerrándose en sí mismo y volviéndose muy controlador y autoritario.  La Sra. B  presenta querella criminal por malos tratos psíquicos el día 9 de octubre de 2011 . En la denuncia la Sra. B alega que el el trato de su marido hacia ella es vejatorio. 

Tras la separación la relación entre cónyuges es cada vez más tensa hasta que el fin de semana del 6 al 9 de octubre de 2011, tras quedar los hijos comunes bajo la custodia del padre, se produjo la desaparición

Como consecuencia de la desaparición, la madre sufrió un cuadro psicopatológico consistente en trastorno depresivo, trastorno de la alimentación, alteración del sueño, baja autoestima, miedo, ansiedad y aislamiento social. Por sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba el Señor A fue condenado a 40 años de prisión como autor del asesinato de sus dos hijos menores de edad.

La acusación particular presenta escrito para que el juicio se celebre a puerta cerrada debido al revuelo provocado porque los delitos cometidos por el acusado en relación a sus hijos trascendieron a la prensa y hay mucha presión mediática ante la familia.

La Sra. B decide retirar la acusación debido a sus problemas psicológicos debido a estos hechos y a que estaba pendiente un recurso ante el Tribunal Supremo por la sentencia de la AP de Córdoba.

El Juzgado de lo Penal de Huelva dictó sentencia el día 5 de Julio de 2014 absolviendo al acusado de conformidad con el principio auxiliar "pro reo", a la hora de valorar la prueba, en el sentido de que si la prueba practicada no llega a ser bastante para formar su convicción en orden a la condena del denunciado, el "dubium" ha de decantarse a favor del reo.



Objetivo. Cuestión planteada.

El Objetivo del cliente es ser absuelto del presunto delito de Malos Tratos psíquicos del que se le acusa.



La estrategia. Solución propuesta.

Se trata de una causa paralela que tenía A por violencia de género tras una denuncia de su ex mujer. La estrategia seguida fue demostrar que no había pruebas suficientes mas que los hechos narrados por la mujer. Se produce un sobreseimiento de la causa por desistimiento de la parte actora, alegando problemas psicológicos por otro proceso abierto contra el acusado, en Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo.

Al resultar los informes periciales contradictorios entre sí, sin que uno ofrezca más garantías de credibilidad que el otro. Se invoca el principio "in dubio pro reo"



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