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Lesiones
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-08-2017
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la salud / Lesiones
- Número: 10936
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: DESISTIMIENTO, LESIONES, MALOS TRATOS EN EL ÁMBITO FAMILIAR, SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL
Los Agentes de la Policía Nacional reciben un parte de lesiones a nombre de Doña Marisa Jiménez, procedente del Centro de Salud, en el que refiere que su pareja le ha agredido físicamente, que le ha zarandeado, le empujó a la pared y le agarró de los brazos, siendo desde entonces cuando refiere a los facultativos tener dolor en brazos y espalda.
Por este motivo los Agentes se trasladan al domicilio de la Sra. Jiménez, donde se entrevistan de forma reservada con ella, preguntándole por las lesiones que había sufrido y sobre la asistencia médica por la que había sido asistida. Ella manifiesta haber sido agredida por su pareja en medio de una fuerte dicusión. Ante lo cual, es requerida por los agentes para presentar denuncia, a lo que alega que se personará en comisaria por sus propios medios para presentar denuncia. Los Agentes proceden a detener al presunto agresor, el Sr. Ignacio Matas, informándole in situ y de forma comprensible de sus derechos como detenido conforme al art. 520 de la LECrim y el resto de la legislación vigente.
El día 19 de agosto de 2017, el Juzgado de Violencia de Género decreta sobreseimiento provisional de la causa debido a que no aparece justificada la perpetración del delito que da lugar a la formación de la causa.
Objetivo. Cuestión planteada.
El Objetivo del cliente es que se le absuelva de los delitos que se le imputan.
La estrategia. Solución propuesta.
La letrado de la denunciante se ha apartado por mandato de su cliente por lo que la Defensa solicita el Sobreseimiento de la causa al no estar justificada la perpetración del Delito conforme a los artículos 779.1 y 641.1 de la Ley de enjuiciamiento Criminal.