Seguridad Social

Demanda de Impugnación de Alta Médica por Incapacidad Temporal derivada de un Accidente Laboral contra INSS y Mutua


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 04-04-2018
  • Materia: Derecho Social
  • Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social
  • Número: 10654
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ACCIDENTE LABORAL, INCAPACIDAD TEMPORAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Badajoz, 01-05-2017

Don José Antonio comenzó a prestar sus servicios para una empresa de construcción como trabajador por cuenta ajena, con la categoría profesional de carpintero desde el 01/05/2017.

El día 26/05/2017 sufrió un Accidente Laboral teniendo que ser atendido en Urgencias del Hospital de Mérida donde le diagnostican Fractura de Apofisis Trasversa de L2 y L3, Fractura Lumbar. El día 18/09/2017 se emite otro informe, por parte de una Clínica donde le diagnostican a D. José Antonio una pequeña hernia medial entre el L4 y L5. El informe del Fisioterapeuta con fecha 05/07/2018 indica que el paciente sufre dolor lumbar que le impide hacer vida normal.

Con fecha 18 de Diciembre de 2017 la Mutua emitió un Alta de Incapacidad Temporal por Curación/ Mejoría, permitiendo realizar el Trabajo Habitual.Presentada solicitud de revisión de la decisión de la mutua codemandada, la Dirección Provincial de Badajoz del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó una resolución, con fecha de salida de 8 de enero de 2018, que determinó que la fecha de efectos del alta médica era de 18 de diciembre de 2017, siendo coincidente con la fecha del alta médica expedida por la mutua. 

El cliente presenta Demanda para que se califique el Alta Médica como indebida, reponiendo a la situación de IT y que le sean abonadas las prestaciones que le correspondan.



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del cliente es que se califique el Alta de Incapacidad Temporal con fecha 15/05/2018 emitida por la Mutua colaboradora de la Seguridad Social como indebida, reponiendo a la situación de IT y que le sea abonada la prestación que le corresponde con la base reguladora de 59,72 euros diarios, con los efectos de la fecha del alta.

 



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado consiste en demostrar que el cliente no está en condiciones físicas de realizar su trabajo habitual con fecha del alta médica emitida por la Mutua colaboradora de la Seguridad Social, aportando sendos informes médicos junto a la Guía de Valoración Profesional publicada por el INSS que cataloga la profesión del cliente, carpintero, como físicamente exigente.



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