Divorcio

Separación y demanda de adopción de medidas paterno-filiales de mutuo acuerdo con respecto de hijos menores.Convenio Regulador.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 29-04-2016
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Matrimonio / Divorcio
  • Número: 10638
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CONVENIO REGULADOR, GUARDA Y CUSTODIA DE HIJOS, SEPARACIÓN MATRIMONIAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Fuengirola, 01-03-2005

D. Andrés y Dª Ana han mantenido una relación de convivencia more uxorio iniciada en el mes de Marzo de 2005 y finalizando en Noviembre de 2015.

Deciden poner fin a la convivencia de mutuo acuerdo e instan mediante la presentación de una Demanda de Adopción de Medidas Paterno-Filiales de Mutuo Acuerdo, la adopción de medidas sobre la guarda y custodia de los tres hijos menores que tienen en común, y que de mutuo acuerdo han pactado en un Convenio Regulador que presentan junto a la Demanda.

En dicho Convenio Regulador se atribuye la Guarda y Custodia de los menores a Dª Ana, siendo ejercida la patria potestad conjuntamente y pagando ambos progenitores al 50% los gastos de la vivienda donde residirá Dª Ana como custodia de los menores. Se atribuye a Don Andrés un régimen de visitas amplio y flexible, aunque de forma subsidiaria aprueban un régimen de visitas condicionado por la escasa edad de uno de ellos ( 9 meses), con fines de semana alternos y con un día de visita intersemanal ( miércoles) , vacaciones alternas (una semana cada uno) y estableciendo dos periodos de vacaciones de navidad, del 23 al 29 para el padre y del 30 al 6 corresponderá a la madre.Con respecto a las visitas con el hijo de menor edad, se acuerdan medidas especiales hasta que alcance los tres años de edad, momento en el cual se equiparará a las de sus hermanos mayores. Se acuerda una pensión alimenticia en favor de los menores que recibirá la progenitora custodia y los gastos extraordinarios serán sufragados a partes iguales. Asimismo acuerdan el pago a partes iguales de los gastos de una finca propiedad de ambos y de los gastos de los respectivos letrados y del procurador.



Objetivo. Cuestión planteada.

Que se aprueben las medidas paterno-filiales y el resto de acuerdos recogidos en el Convenio Regulador que ambos progenitores han suscrito de mutuo acuerdo.



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia será aportar el Convenio Regulador firmado por las partes para que sea aprobado por Sentencia Judicial



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