

Denegación de solicitud de asilo. Interposición de Recurso Contencio-Administrativo con resolución desfavorable. Interposición de Recurso de Casación que es inadmitido por no fundamentar la infracción de las normas procesales.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
A fecha de 24 de febrero de 2011 Don Haem formuló solicitud de Protección internacional, en la que reunidos a fecha de 27 de octubre de 2011 la Comisión de las Naciones Unidas para los refugiados, acordó formular propuesta de resolución desfavorable. Su denegación fue redactada a fecha de 19 de enero de 2012 y recibida al solicitante el 23 de febrero de 2012.
Esta resolución desfavorable se fundamentaba en que no se aportó ningún documento acreditativo de su identidad, los hechos alegados no constituyen por su propia naturaleza y atendiendo a las circunstancias personales del solicitante, una persecución de las contempladas en el art.1.A de la Convención de Ginebra de 1951. Y, tampoco se desprende razones humanitarias para autorizar la permanencia en España en los términos previstos en la normativa vigente en materia de extranjería e inmigración.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en interponer primero el recurso contencio administrativo para que se le reconozca tal condición, y que después de ser desfavorable, interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción de la Ley procesal.