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Pension de Alimentos
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-10-2012
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Pension de Alimentos
- Número: 10049
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: CONVENIO REGULADOR, PATRIA POTESTAD, PENSIÓN DE ALIMENTOS
1. Demanda de convalidacion de convenio regulador de relaciones familiares_Censurado |
2. Convenio regulador_Censurado |
3. Sentencia_Censurado |
Las partes han venido manteniendo una relación sentimental, fruto de la cual han nacido y viven dos hijos, y a la que han puesto fin, y por la presente demanda buscan ratificar un Convenio Regulador de mutuo acuerdo que establezca de ahora en adelante las pautas a seguir en sus relaciones familiares, con fecha 9 de Julio de 2012.
En dicho Convenio se establece que los menores quedarán bajo la Guarda y Custodia de la madre, aunque la Patria Potestad será ejercida de común acuerdo entre ambos. En cuanto a la vivienda familiar, si bien los gastos de la hipoteca que pesa sobre la misma serán abonados a partes iguales por ambos demandantes, será la progenitora custodia quien disponga del uso y disfrute de la misma, comprometiéndose a no vender ni arrendar la propiedad hasta cinco años después de la frma del presente Convenio. El progenitor no custodio disfrutará de un régimen de visitas a los hijos menores de tipo flexible, pudiendo verles entre semana los días que tenga por conveniente, y fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones. También deberá abonar en concepto de pensión de alimentos la cantidad de 165 euros al mes por cada hijo.
El Juzgado de !ª Instancia de Parla aprueba dicho convenio con fecha 19 de Octubre de 2012.
Objetivo. Cuestión planteada.
Los demandantes tienen como objetivo convalidar judicialmente el convenio regulador de las relaciones familiares que han suscrito de común acuerdo.
La estrategia. Solución propuesta.
Al tratarse de un Convenio Regulador de mutuo acuerdo entre las partes, el abogado solicita al juzgado que ratifique dicho Convenio mediante sentencia.