En uso de las facultades que le confiere el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, El Pleno del mismo ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Artículo único.
El Registro General del Tribunal Constitucional estará abierto todos los días hábiles, incluso durante el mes de agosto, desde las nueve treinta hasta las quince horas, en la sede del mismo, calle Domenico Scarlatti, número 6, de esta villa.
Disposición derogatoria.
Quedan derogados el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional de 2 de abril de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" del 9) y el artículo 6.o del Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional de 15 de junio de 1982 ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de julio).
Disposición final.
El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 18 de enero de 2001.-El Presidente,
CRUZ VILLALÓN