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Cuestión de inconstitucionalidad número 9018-2007, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

Estado : Vigente
Órgano Emisor : Tribunal Constitucional
Rango : Cuestión de inconstitucionalidad
Fecha: 12-02-2008
Fecha de Publicación: 25-02-2008
Boletín : Boletín Oficial del Estado
Marginal : 73811
Texto Completo :
CUESTIÓN de inconstitucionalidad número 9018-2007, en relación con el artículo [[idrelit:2104385]]153.1[[/idrelit:2104385]] del Código Penal, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.Introducción El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 9018-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Murcia, en el procedimiento abreviado núm. 389/2007, en relación con el artículo [[idrelit:2104384]]153.1[[/idrelit:2104384]] del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los artículos [[idrelit:2104388]]10[[/idrelit:2104388]], [[idrelit:2104387]]14[[/idrelit:2104387]] y [[idrelit:2104386]]24.2[[/idrelit:2104386]] de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo [[idrelit:2104389]]37.2[[/idrelit:2104389]] LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, procedimiento abreviado número 389/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

Madrid, 12 de febrero de 2008.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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