Cuestión de inconstitucionalidad núm. 9155-2006, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
CUESTION de inconstitucionalidad núm. 9155-2006, en relación con el artículo [[idrelit:2092332]]153.1[[/idrelit:2092332]] del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.Introducción El Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de octubre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 9155-2006 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Murcia, en relación con el art. [[idrelit:2092331]]153.1[[/idrelit:2092331]] del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por la posible vulneración de los arts. [[idrelit:2092335]]10[[/idrelit:2092335]], [[idrelit:2092334]]14[[/idrelit:2092334]] y [[idrelit:2092333]]24.2[[/idrelit:2092333]] de la C.E.
Madrid, 24 de octubre de 2006.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.