Cuestión de inconstitucionalidad n.º 10596-2006, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
CUESTIÓN de inconstitucionalidad n.º 10596-2006, en relación con el art. [[idrelit:2090088]]153.1[[/idrelit:2090088]] del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.Introducción El Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 10596-2006, planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Albacete, en relación con el art. [[idrelit:2090087]]153.1[[/idrelit:2090087]] del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1; 9.1, 2 y 3; 10; 14; 17; [[idrelit:2090090]]24.2[[/idrelit:2090090]] y [[idrelit:2090089]]25.1[[/idrelit:2090089]] de la Constitución.
Madrid, 16 de enero de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.