Norma

CORRECCIÓN de errores de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999.

Estado : Vigente
Órgano Emisor : Jefatura del Estado
Rango : Corrección de errores
Fecha: 19-04-2024
Fecha de Publicación: 17-03-1999
Boletín : Boletín Oficial del Estado
Marginal : 34690
Texto Completo :
Corrección de errores de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999.IntroducciónAdvertidos errores en el texto de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de 31 de diciembre de 1998, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 44367, primera columna, artículo 30, apartado dos.2, en el cuadro de retribuciones del Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, complemento de destino, donde dice: «2.585.396», debe decir: «12.585.396».

En la página 44375, artículo 45, apartado cuatro, en el cuadro de cuantías mínimas, pensiones de viudedad, donde dice: «Titular con edad entre sesenta y sesenta y cinco años», debe decir: «Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años».

En la página 44378, segunda columna, artículo 58, apartado uno, segunda línea, donde dice: «... artículo 33 de la Ley del Impuesto...», debe decir: «... artículo 33 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto...».

En la página 44380, segunda columna, artículo 65.2, en la cabecera de la segunda columna del cuadro, donde dice: «Cuota liquidable-Pesetas», debe decir: «Cuota íntegra-Pesetas».

En la página 44380, segunda columna, artículo 66.2, segundo párrafo, cuarta línea, donde dice: «... el coeficiente multiplicador inmediato inferior sea mayor...», debe decir: «... el coeficiente multiplicador inmediato inferior, sea mayor...».

En la página 44382, primera columna, artículo 68, apartado dos, cuadro de coeficientes reductores, primera columna, donde dice: «De 207.000 a 517.500», debe decir: «De 207.001 a 517.500».

En la página 44383, primera columna, artículo 71, apartado tres (artículo tercero, cuarto, dos, primera línea), donde dice: «Dos. Cuotas fijas: en los casos de explotación...», debe decir: «Dos. Cuotas fijas.», y como punto y aparte, «En los casos de explotación...».

En la página 44386, segunda columna, artículo 75, apartado dos, línea segunda: donde dice: «... para el ejercicio 1998...», debe decir: «... para el ejercicio de 1999».

En la página 44391, segunda columna, artículo 84, apartado a), línea octava, donde dice: «Aragón... 5», debe decir: «Aragón... 15».

En la página 44400, segunda columna, disposición adicional decimoctava, apartado dos, línea cuarta, donde dice: «... Privada de Actividades...», debe decir: «... Privada en Actividades...».

En la página 44405, anexo I, el importe del programa «Museos», tanto respecto a los capítulos I a VIII, como al total, debe entenderse cifrado en 16.431.631.

En la página 44406, anexo I, el importe del programa «Dirección y Servicios Centrales de Comercio y Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa», tanto respecto a los capítulos I a VIII, como al total, debe entenderse cifrado en 992.335. Y la nota al pie del anexo I debe entenderse no publicada.

En la página 44411, segunda columna, anexo V, debe añadirse al final del anexo el siguiente cuadro:

Universidad

Personal docente

Personal no docente

Funcionario y contratado

Funcionario

Universidad Nacional de Educación a Distancia

4.918.010

1.709.489

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