En la página 25 (apartado 2 de la disposición derogatoria de la Ley):
Donde dice:
«2. Se derogan las letras b, c y de del artículo 124 del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, aprobado por el Decreto 112/2010, de 31 de agosto.»
Debe decir:
«2. Se derogan las letras b, c y d del artículo 124 del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, aprobado por el Decreto 112/2010, de 31 de agosto.»
En la página 26 (apartado 1 de la disposición final segunda de la Ley):
Donde dice:
«1. Se modifica la letra c del apartado 2 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, que queda redactada del siguiente modo:
"c) Los actos a que se refiere el artículo 187 bis, excepto los de las letras g e y, que se realicen en suelo no urbanizable y urbanizable no delimitado".»
Debe decir:
«1. Se modifica la letra c del apartado 2 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, que queda redactada del siguiente modo:
"c) Los actos a que se refiere el artículo 187 bis, excepto los de las letras g e i, que se realicen en suelo no urbanizable y urbanizable no delimitado".»
En la página 49 (anexo de la Ley):
Donde dice:
«95 | Reparación de ordenadores, efectos personales y enseres domésticos | |||||
951 | Reparación de ordenadores y equipos de comunicación | Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establiments situats a la part baixa d’edificis de qualsevol ús amb una superfície construïda > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
952 | Reparación de efectos personales y enseres domésticos | Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establiments situats a la part baixa d’edificis de qualsevol ús amb una superfície construïda > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
96 | Otras actividades de servicios personales | |||||
9601 |
Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel Observaciones: quedan excluidas las lavanderías industriales reguladas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.39), y las instalaciones para la limpieza en seco (anexo II y III, código 12.41). |
Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establiments situats a la part baixa d’edificis de qualsevol ús amb una superfície construïda > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
9602 | Peluquería y otros tratamientos de belleza | Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establiments situats a la part baixa d’edificis de qualsevol ús amb una superfície construïda > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
9603 |
Pompas fúnebres y actividades relacionadas Observación: quedan excluidas las actividades de incineración incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. |
Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si es consideren establiments comercials: establiments situats a la part baixa d’edificis de qualsevol ús amb una superfície construïda > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si es consideren establiments de pública concurrència: establiments amb una superfície construïda > 500 m² o l’aforament > 500 persones. | ||
9604 | Actividades de mantenimiento físico | Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si la superfície construïda > 500 m² o l’aforament > 500 persones. | ||
9609 |
Otras actividades de servicios personales ncoa Observación: quedan excluidos los servicios de alojamiento y adiestramiento de animales de compañía regulados en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.33).» |
Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establiments situats a la part baixa d’edificis de qualsevol ús amb una superfície construïda > 750 m². En altres casos, si la superfície construïda > 2.000 m².» |
Debe decir:
«95 | Reparación de ordenadores, efectos personales y enseres domésticos | |||||
951 | Reparación de ordenadores y equipos de comunicación | Si la superficie construida ? 120 m2.. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
952 | Reparación de efectos personales y enseres domésticos | Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
96 | Otras actividades de servicios personales | |||||
9601 |
Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel Observaciones: quedan excluidas las lavanderías industriales reguladas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.39), y las instalaciones para la limpieza en seco (anexo II y III, código 12.41). |
Si la superficie construida ? 120 m2.. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
9602 | Peluquería y otros tratamientos de belleza | Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
9603 |
Pompas fúnebres y actividades relacionadas Observación: quedan excluidas las actividades de incineración incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. |
Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos de pública concurrencia: establecimientos con una superficie construida > 500 m² o un aforo > 500 personas. | ||
9604 | Actividades de mantenimiento físico | Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si la superficie construida > 500 m² o el aforo > 500 personas. | ||
9609 |
Otras actividades de servicios personales ncoa Observación: quedan excluidos los servicios de alojamiento y adiestramiento de animales de compañía regulados en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.33). |
Si la superficie construida ? 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2.» |
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 8332, de 3 de febrero de 2021)