FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
1.º Ha lugar al recurso contencioso-administrativo 1/80/2018 interpuesto por la Asociación Española de la Economía Digital Adigital, contra el apartado 11 del artículo primero del Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, por el que se introduce en el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, un nuevo artículo 54 ter, que regula la «Obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos», que se anula y se deja sin efecto por ser contrario a Derecho.
2.º No ha lugar a condena en las costas procesales.
3.º Procédase a la publicación de la presente sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma. D. Nicolás Maurandi Guillén.–D. José Díaz Delgado.–D. Ángel Aguallo Avilés.–D. José Antonio Montero Fernández.–D. Francisco José Navarro Sanchís.–D. Jesús Cudero Blas.–D. Isaac Merino Jara.–D.ª Esperanza Córdoba Castroverde. Firmado.