Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1344-2020, en relación con el artículo 238 bis, último párrafo, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la redacción dada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, por posible vulneración de los arts. 24.1 y 117.3 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de junio de 2020, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1344-2020 planteada por la Sección 5.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el procedimiento 714-2019, en relación con el artículo 238 bis, último párrafo, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la redacción dada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, por posible vulneración de los artículos 24.1 y 117.3 CE y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 714-2019, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de junio de 2020.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.