FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución,
Esta Sala ha decidido:
Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Española de Asesores Fiscales, contra el Real Decreto 1073/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, y debemos declarar y declaramos la nulidad de su artículo 51.2 por ser disconforme con el ordenamiento jurídico.
Desestimar el recurso en todo lo demás.
No hacemos una expresa condena en las costas
Publíquese el presente fallo en el «Boletín Oficial del Estado» a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Nicolás Maurandi Guillén.–José Díaz Delgado.–Ángel Aguallo Avilés.–José Antonio Montero Fernández.–Jesús Cudero Blas.–Rafael Toledano Cantero.– Dimitry Berberoff Ayuda.–Isaac Merino Jara.–Firmado.