Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6599-2013, en relación con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal del sector público, por posible vulneración del artículo 9.3 de la CE.
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6599-2013, en relación con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal del sector público, por posible vulneración del artículo 9.3 de la CE.IntroducciónEl Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6599-2013 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el procedimiento ordinario núm. 1170-2011, en relación con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal del sector público, por posible vulneración del artículo 9.3 de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo [[idrelit:2150118]]37.2[[/idrelit:2150118]] LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 1170-2011 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de febrero de 2014.?La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.