Norma

Corrección de errores de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

Estado : Vigente
Órgano Emisor : Comunitat Valenciana
Rango : Corrección de errores
Fecha: 23-12-2024
Fecha de Publicación: 27-02-2014
Boletín : Boletín Oficial del Estado
Marginal : 690132
Texto Completo :
Corrección de errores de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.IntroducciónAdvertidos errores en el texto de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 27, de 31 de enero de 2014, se procede a su corrección:

? En el apartado 8.1 del artículo 171,

Donde dice:

«...el cargo de consellers,...»;

Debe decir:

«...el cargo de consejeros...»

? En el artículo 97,

Donde dice:

«Administración especial

Cuerpo: Superior Técnico de Inspección de Servicios Sanitarios

A1-S05»;

Debe decir:

«Administración especial

Cuerpo

Superior Técnico de Inspección de Servicios Sanitarios

A1 ? S05

Requisitos

Licenciatura en Medicina o en Farmacia, o bien, título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo.

Grupo/Subgrupo profesional

A1

Escalas

A1 - S05 - 01 Inspector médico de servicios sanitarios

 

Funciones

Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquéllas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de inspección de servicios sanitarios.

 

Requisitos

Licenciatura en Medicina, o bien, el correspondiente título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo.

 

A1 - S05 - 02 Inspector farmacéutico de servicios sanitarios

 

Funciones

Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquéllas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con la inspección de servicios sanitarios.

 

Requisitos

Licenciatura en Farmacia, o bien, el correspondiente título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo.

Administración especial

Cuerpo

Enfermero subinspector de servicios sanitarios

A2-SO4

Requisitos

Diplomatura en Enfermería, o bien, el correspondiente título universitario oficial de grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo.

Grupo/Subgrupo Profesional

A2

Funciones

Actividades de propuesta, gestión, ejecución, control, tramitación, impulso, estudio e informe y, en general, las de colaboración técnica con el cuerpo superior y las propias de la profesión relacionadas con las actividades de la inspección de servicios sanitarios.»

? En el artículo 146,

Donde dice:

«Se modifica la disposición adicional segunda, de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana, que queda redactada como sigue:

"Disposición adicional segunda

El espacio natural protegido del Desert de les Palmes se declara parque natural en aplicación del artículo 3.1 de esta ley."»

Debe decir:

«Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional segunda, de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana, que queda redactada como sigue:

"Disposición adicional segunda

El espacio natural protegido del Desert de les Palmes se declara parque natural en aplicación del artículo 3.1 de esta ley."»

(Publicada en el «Diario Oficial de la Comunitat Valenciana» número 7195, de 20 de enero de 2014 y número 7214, de 14 de febrero de 2014)

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