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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 232-2016, en relación con los artículos 1.1 y 4 y 7.4 de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico Álava y de los artículos 107 y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales de 2004, por posible vulneración de los artículos 24 y 31 de la Constitución.

Estado : Vigente
Órgano Emisor : Tribunal Constitucional
Rango : Providencia
Fecha: 16-02-2016
Fecha de Publicación: 26-02-2016
Boletín : Boletín Oficial del Estado
Marginal : 69481552
Texto Completo :
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 232-2016, en relación con los artículos 1.1 y 4 y 7.4 de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico Álava y de los artículos 107 y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales de 2004, por posible vulneración de los artículos [[idrelit:2192101]]24[[/idrelit:2192101]] y [[idrelit:2192100]]31[[/idrelit:2192100]] de la Constitución.IntroducciónEl Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 232-2016 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Vitoria-Gasteiz, en el procedimiento abreviado núm. 82/2015, en relación con los arts. 1.1 y 4 y 7.4 de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico Álava y de los arts. 107 y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales de 2004, por posible vulneración de los arts. [[idrelit:2192099]]24[[/idrelit:2192099]] y [[idrelit:2192098]]31[[/idrelit:2192098]] de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. [[idrelit:2192102]]37.2[[/idrelit:2192102]] LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 82/2015, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2016.?La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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