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CUESTIÓN de inconstitucionalidad n.º 4815-2007, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Estado : Vigente
Órgano Emisor : Tribunal Constitucional
Rango :
Fecha: 11-09-2007
Fecha de Publicación: 24-09-2007
Boletín : Boletín Oficial del Estado
Marginal : 69434464
Texto Completo :
CUESTIÓN de inconstitucionalidad n.º 4815-2007, en relación con el artículo [[idrelit:2189176]]153.1[[/idrelit:2189176]] del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.Introducción El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4815-2007, planteada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, en el procedimiento abreviado núm. 413/2006, en relación con el artículo [[idrelit:2189175]]153.1[[/idrelit:2189175]] del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración de los artículos 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo [[idrelit:2189177]]37.2[[/idrelit:2189177]] LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento abreviado número 413/2006, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

Madrid, 11 de septiembre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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