El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de septiembre del actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.780/1999, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid (recurso número 0 C857/1997), por supuesta inconstitucionalidad del artículo 150.2 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, en la reordenación efectuada por la Ley 5/1998, de 6 de marzo, de incorporación al Derecho español de la Directiva 96/9/CE, de 11 de marzo de 1996, sobre protección jurídica de las bases de datos, por posible contradicción con los artículos [[idrelit:2186914]]9.3[[/idrelit:2186914]], [[idrelit:2186913]]66.2[[/idrelit:2186913]] y [[idrelit:2186912]]82[[/idrelit:2186912]] de la Constitución.
Madrid, 15 de septiembre de 1999.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.