Norma

Orden de 30 de abril de 1998 por la que se dispone que los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Telde (Las Palmas), Figueres (Girona) y Torrejón de Ardoz (Madrid) sean servidos por Magistrados.

Estado : Vigente
Órgano Emisor : Ministerio de Justicia
Rango : Orden
Fecha: 30-04-1998
Fecha de Publicación: 21-05-1998
Boletín : Boletín Oficial del Estado
Marginal : 69415918
Texto Completo :
Orden de 30 de abril de 1998 por la que se dispone que los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Telde (Las Palmas), Figueres (Girona) y Torrejón de Ardoz (Madrid) sean servidos por Magistrados.Introducción

El apartado 2 del artículo 21 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, dispone que el Ministro de Justicia podrá establecer que los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción, o de Primera Instancia e Instrucción, sean servidos por Magistrados, siempre que estén radicados en un partido judicial superior a 150.000 habitantes de derecho e experimenten aumentos de población de hecho que superen dicha cifra, y el volumen de cargas competenciales así lo exija.

Asimismo, el apartado 3 del mencionado artículo dispone que, en el caso de que así se establezca, se procederá a la modificación correspondiente de los anexos de la Ley relativos a la Planta Judicial.

En su virtud, y con informe previo del Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo único.

Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Telde (Las Palmas), Figueres (Girona) y Torrejón de Ardoz (Madrid) serán servidos por Magistrados.

Disposición transitoria primera.

El nombramiento de los Magistrados que deban servir estos Juzgados se llevará a efecto tan pronto como los actuales Jueces titulares sean promovidos o voluntariamente obtengan otro destino. Mientras tanto, percibirán el complemento de destino correspondiente al Grupo Sexto B) del artículo 4.o del Real Decreto 391/1989, de 21 de abril.

Disposición transitoria segunda.

Los Secretarios judiciales que continuarán prestando servicios en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Telde (Las Palmas), Figueres (Girona) y Torrejón de Ardoz (Madrid), servidos por Juez, convertidos en Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, servidos por Magistrado, ascenderán a la segunda categoría sin pérdida de su destino cuando lo haga el que le siga en el escalafón.

Disposición transitoria tercera.

Los Secretarios judiciales y demás personal al servicio de estos Juzgados percibirán el complemento de destino correspondiente a la nueva categoría.

Disposición final primera.

El anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, en lo concerniente a las provincias de Las Palmas, Girona y Madrid, queda modificado conforme se establece en el anexo de la presente Orden.

Disposición final segunda.

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de junio de 1998.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 30 de abril de 1998.

MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.

ANEXO VI

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Partido

judicial

número / Primera

instancia / Instruc. / Primera Instancia e Instrucción / Provincia

12 / - / - / 5 / Servidos por Magistrados.

13 / - / - / 4 / Servidos por Magistrados.

14 / - / - / 3

15 / - / - / 3

16 / - / - / 3

17 / - / - / 6 / Servidos por Magistrados.

18 / - / - / 5 / Servidos por Magistrados.

19 / - / - / 2

20 / - / - / 2

Total / 199

Canarias

Las Palmas: / 1 / - / - / 5

2 / 12 / 7 / -

3 / - / - / 2

4 / - / - / 2

5 / - / - / 6 / Servidos por Magistrados.

6 / - / - / 8

7 / - / - / 2

Total / 44

Cataluña

Girona: / 1 / - / - / 7 / Servidos por Magistrados.

2 / - / - / 9

3 / - / - / 4

4 / - / - / 1

5 / - / - / 3

6 / - / - / 2

7 / - / - / 4

8 / - / - / 4

9 / - / - / 1

Total / 35

Madrid

Madrid: / 1 / - / - / 1

2 / - / - / 4 / Servidos por Magistrados.

3 / - / - / 2

4 / - / - / 9 / Servidos por Magistrados.

5 / - / - / 6 / Servidos por Magistrados.

6 / - / - / 9 / Servidos por Magistrados.

7 / - / - / 2

8 / - / - / 3

9 / - / - / 8 / Servidos por Magistrados.

10 / - / - / 6 / Servidos por Magistrados.

11 / 70 / 46 / -

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