EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 23 DE ENERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 69/1989, PROMOVIDA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA TERRITORIAL DE SEVILLA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 390 DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 781/1986, DE 18 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL, POR PODER SER CONTRARIO A LOS ARTICULOS 133.1 Y 2, EN RELACION CON EL 31.1 Y 3, DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID A 23 DE ENERO DE 1989.
EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.