En la página 48869, norma décima, la letra c) del apartado 2 debe finalizar donde dice «quedarán extinguidas» y lo que sigue hasta la siguiente letra, debe referenciarse como letra d). En la página 48870, las letras d) y e) pasan a ser las letras e) y f) de dicho apartado 2.
En la página 48876, norma decimosexta, apartado 3, párrafo primero, donde dice «cuentas a la vista», debe decir «cuentas de depósito».
En la página 48886, anejo 2, tanto en su título como en el enunciado del apartado 2, donde dice «cuentas corrientes», debe decir «cuentas de depósito». Y en el apartado 1, donde dice «cuentas corrientes», debe decir «cuentas a la vista».
En la página 48890, anejo 3, apartado 1.4.3, donde dice «contemplado en el artículo 25 de la Orden, o en el documento separado al que se refiere el apartado 2 del artículo 26 de la Orden», debe decir «contemplado en el apartado 2 del artículo 24 de la Orden, o en el previsto en el artículo 25 de la Orden».
En la página 48906, anejo 9, en la primera columna del cuadro, donde dice «Préstamos con garantía hipotecaria para adquisición de vivienda libre (2)», debe decir «Préstamos con garantía hipotecaria a más de tres años para adquisición de vivienda libre (2)».