EL ARTICULO 18, 2, DEL ESTATUTO ORGANICO DEL MINISTERIO FISCAL, APROBADO POR LEY 50/1981, DE 30 DE DICIEMBRE, ESTABLECE QUE LA PLANTILLA DE LAS FISCALIAS SE FIJARA POR REAL DECRETO, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE JUSTICIA, PREVIO INFORME DEL FISCAL GENERAL DEL ESTADO, OIDO EL CONSEJO FISCAL, CON LAS LIMITACIONES QUE SE DERIVEN DE LAS PREVISIONES PRESUPUESTARIAS, Y LA DISPOSICION FINAL B) DEL PROPIO ESTATUTO ORGANICO ATRIBUYE AL GOBIERNO LA FACULTAD DE REDISTRIBUIR LA PLANTILLA DEL PERSONAL FISCAL, SIEMPRE QUE NO IMPLIQUE INCREMENTO EN LA PRESUPUESTARIA
APROBADOS POR LEY 44/1983, DE 28 DE DICIEMBRE, LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1984, EN LOS QUE LAS DOTACIONES PARA LA CARRERA FISCAL SE HAN INCREMENTADO EN 20 PLAZAS DE LA CATEGORIA DE FISCAL, 14 DE LA ABOGACIA FISCAL, GRADO DE ASCENSO, Y 32 DE LA ABOGADO FISCAL, GRADO DE INGRESO, CUYA DISTRIBUCION RESULTA PRECISO EFECTUAR Y REPUTANDO NECESARIA UNA TOTAL E INTEGRAL ORDENACION DE LA PLANTILLA ORGANICA PARA ACOMODARLA A LAS PRESCRIPCIONES ESTATUARIAS Y SUPERAR LAS SUCESIVAS Y LIMITADAS REVISIONES QUE SE HAN VENIDO REALIZANDO CON ANTERIORIDAD, SE ESTA EN EL CASO DE CONCRETAR CON CARACTER GENERAL LAS PLANTILLAS DE LAS FISCALIAS, TANTO EN CUANTO AL NUMERO DE FUNCIONARIOS QUE HAN DE INTEGRARLAS COMO EN CUANTO A LA CATEGORIA PERSONAL QUE DEBEN OSTENTAR SUS COMPONENTES, PARA QUE EN ELLAS ESTEN REPRESENTADAS LAS DISTINTAS CATEGORIAS DE FISCALES EN PONDERACION DEL NIVEL DE CADA ORGANO Y DE LOS SERVICIOS QUE EN EL HAN DE PRESTARSE
DE OTRA PARTE, EL INGRESO EN LA CARRERA FISCAL DE NUEVAS PROMOCIONES POR LA CATEGORIA DE ABOGADO FISCAL, GRADO DE INGRESO, A LAS QUE NO AFECTARA LA ADCRIPCION A CONCRETAS AGRUPACIONES DE FISCALIAS DE DISTRITO, SUSBSISTENTES UNICA Y PROVISIONALMENTE POR LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS SEGUNDA Y TERCERA DEL MISMO PARA LOS ANTIGUOS FISCALES DE DISTRITO INTEGRADOS EN LA CARRERA CON LA GAT EGORIA Y GRADO ANTES CITADOS, ACONSEJA ESTABLECER UN SISTEMA DE SUPRESION PAULATINA DE AQUELLAS AGRUPACIONES QUE VAYAN QUEDANDO DESIERTAS EN LOS SUCESIVOS CONCURSOS DE DESTINOS
FINALMENTE SE ESTIMA NECESARIO ESTABLECER EL AMBITO DE ACTUACION DE LOS FISCALES SUSTITUTOS EN LAS AGRUPACIONES QUE VAYAN QUEDANDO SUPRIMIDAS Y LA NORMATIVA A QUE HAN DE ACOMODARSE LOS FUTUROS NOMBRAMIENTOS
EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE JUSTICIA, DE CONFORMIDAD CON EL INFORME DEL FISCAL GENERAL DEL ESTADO, OIDO EL CONSEJO FISCAL Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 8 DE FEBRERO DE 1984, DISPONGO:
ARTICULO 1. LA PLANTILLA DE LA CARRERA FISCAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE SU ESTATUTO Y LAS PREVISIONES PRESUPUESTARIAS, ESTARA CONSTITUIDA POR:
PRIMERA CATEGORIA: 13 FISCALES DE SALA EQUIPARADOS A MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO, DE LOS QUE UNO, EL TENIENTE FISCAL DEL TRIBUNAL SUPREMO, TENDRA LA CONSIDERACION DE PRESIDENTE DE SALA DE DICHO ALTO TRIBUNAL
SEGUNDA CATEGORIA: 202 FISCALES, EQUIPARADOS A MAGISTRADOS
TERCERA CATEGORIA: A) 144 ABOGADOS FISCALES, GRADO DE ASCENSO, EQUIPARADOS A JUECES DE ASCENSO; B) 342 ABOGADOS FISCALES, GRADO DE INGRESO, EQUIPARADOS A JUECES DE INGRESO
ART. 2. LA PLANTILLA DE DESTINOS DE LA CARRERA FISCAL SERA LA SIGUIENTE:
FISCALIA GENERAL DEL ESTADO
INSPECCION FISCAL
UN FISCAL INSPECTOR-JEFE DE LA PRIMERA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL-INSPECTOR Y DOS INSPECTORES FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
SECRETARIA TECNICA
UN FISCAL JEFE DE LA PRIMERA CATEGORIA Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA
FISCALIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
UN TENIENTE FISCAL DE LA PRIMERA CATEGORIA Y CONSIDERACION DE PRESIDENTE DE SALA DEL TRIBUNAL SUPREMO
CINCO FISCALES JEFES DE LA SALA DE LA PRIMERA CATEGORIA
VEINTE FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
FISCALIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
UN FISCAL JEFE DE LA PRIMERA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y TRES FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
FISCALIA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
UN FISCAL JEFE DE LA PRIMERA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
FISCALIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL
UN FISCAL JEFE DE LA PRIMERA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y CINCO FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
FISCALIAS DE AUDIENCIA TERRITORIAL
ALBACETE
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
BARCELONA
UN FISCAL JEFE DE LA PRIMERA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y 30 FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
SEIS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
VEINTINUEVE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
BILBAO
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
NUEVE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
BURGOS
UN FISCAL Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
CACERES
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
GRANADA
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
LA CORUÑA
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
ONCE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
LAS PALMAS
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES, DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
SEIS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
MADRID
UN FISCAL JEFE DE LA PRIMERA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y 31 FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
VEINTICINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
OVIEDO
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DOCE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
PALMA DE MALLORCA
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA , GRADO DE ASCENSO
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
PAMPLONA
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
SEVILLA
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y CUATRO FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
TRECE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
VALENCIA
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y CUATRO FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
DIEZ FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DIECISEIS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
VALLADOLID
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA , UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
FISCALIAS DE AUDIENCIA PROVINCIAL
ALICANTE
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DIEZ FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
ALMERIA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
AVILA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
BADAJOZ
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
SIETE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
CADIZ
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
SEIS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
ONCE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
CASTELLON
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
CIUDAD REAL
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
SEIS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
CORDOBA
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA ,GRADO DE INGRESO
CUENCA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
GERONA
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA ,GRADO DE INGRESO
GUADALAJARA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
HUELVA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA GRADO DE INGRESO
HUESCA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
JAEN
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
NUEVE FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
LEON
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
SEIS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
LERIDA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
LOGROÑO
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA , GRADO DE ASCENSO
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
LUGO
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
MALAGA
UN FISCAL JEFE, UN TENIENTE FISCAL Y DOS FISCALES DE LA SEGUNDA CATEGORIA
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DOCE FISCALESDE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
MURCIA
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
ORENSE
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL Y UN FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
PALENCIA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA , GRADO DE ASCENSO
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
PONTEVEDRA
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DIEZ FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
SALAMANCA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA , GRADO DE INGRESO
SAN SEBASTIAN
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
SANTA CRUZ DE TENERIFE
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
OCHO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
SANTANDER
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
SEGOVIA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA , GRADO DE ASCENSO
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
SORIA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
TARRAGONA
UN FISCAL JEFE Y UN TENIENTE FISCAL DE LA SEGUNDA CATEGORIA
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CINCO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA ,GRADO DE INGRESO
TERUEL
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
TOLEDO
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
CUATRO FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
VITORIA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
DOS FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
ZAMORA
UN FISCAL JEFE DE LA SEGUNDA CATEGORIA
UN TENIENTE FISCAL DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE ASCENSO
TRES FISCALES DE LA TERCERA CATEGORIA, GRADO DE INGRESO
ART. 3. LAS AGRUPACIONES DE FISCALIAS DE DISTRITO DECLARADAS DESIERTAS POR ORDEN DE 14 DE DICIEMBRE DE 1983, ASI COMO LAS QUE SE DECLAREN DESIERTAS EN LO SUCESIVO, QUEDARAN SUPRIMIDAS Y SE CONVERTIRAN DEFINITIVAMENTE EN PLAZAS DE DESTINO DE LA FISCALIA DE LA AUDIENCIA RESPECTIVA
EN LOS CONCURSOS QUE SE CONVOQUEN UNICAMENTE SE ANUNCIARAN AQUELLAS AGRUPACIONES QUE, HASTA LA FECHA DE LA VACANTE, HUBIERAN SIDO SERVIDAS POR ABOGADOS FISCALES, GRADO DE UNGRESO, PROCEDENTES DEL ANTIGUO CUERPO DE FISCALES DE DISTRITO, Y SOLO SUBSISTIRAN AQUELLAS SI FUERAN ADJUDICADAS A FUNCIONARIO DE LA MISMA PROCEDENCIA. LOS CUALES SERAN DESTINADOS A LA FISCALIA DE LA AUDIENCIA RESPECTIVA PARA PRESTAR SUS SERVICIOS EN LAS CORRESPONDIENTES AGRUPACIONES, SIN PERJUICIO DE LAS DEMAS FUNCIONES QUE EL FISCAL JEFE PUEDA ENCOMENDARLES, DE CONFORMIDAD CON LOS PRECEPTOS DEL ESTATUTO
SI LA AGRUPACION ANUNCIADA CORRESPONDIERA A FUNCIONARIO INGRESADO POR OPOSICION DIRECTA A LA CATEGORIA DE ABOGADO FISCAL, GRADO DE INGRESO, SERA DESTINADO IGUALMENTE A LA FISCALIA TERRITORIAL O PROVINCIAL QUE PROCEDA, PERO QUEDARA SUPRIMIDA LA AGRUPACION. EN TAL CASO CORRESPONDERA AL FISCAL JEFE RESPECTIVO LA DISTRIBUCION DEL TRABAJO ENTRE LOS ABOGADOS FISCALES , GRADO DE INGRESO, PARA ATENDER AL SERVICIO DE LOS DISTINTOS ORGANOS JUDICIALES DE LA AGRUPACION SUPRIMIDA
DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA .-EN TANTO NO SE PUBLIQUE EL NUEVO REGLAMENTO ORGANICO DEL MINISTERIO FISCAL, LAS PLAZAS QUE ESTE REAL DECRETO SEÑALA COMO PERTENECIENTES A LAS CATEGORIAS SEGUNDA Y TERCERA, GRADO DE ASCENSO, PODRAN SER SERVIDAS INDISTINTAMENTE POR FISCALES DE CUALESQUIERA DE ELLAS, SALVO QUE EL ESTATUTO ORGANICO DEL MINISTERIO FISCAL EXIJA PARA DESEMPEÑARLAS UNA CATEGORIA ESPECIFICA, SIN PERJUICIO PARA ESTAS ULTIMAS DE LO DISPUESTO EN LA DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA, PARRAFO PRIMERO, DEL REAL DECRETO 545/1983, DE 9 DE FEBRERO
SEGUNDA.-LOS ACTUALES FISCALES SUSTITUTOS, TANTO LOS DESIGNADOS TEMPORALMENTE EN SU DIA POR LAS SALAS DE GOBIERNO DE LAS AUDIENCIAS TERRITORIALES, COMO LOS NOMBRADOS POR EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 10 DEL REAL DECRETO 545/1983, DE 9 DE FEBRERO, CONTINUARAN PRESTANDO SERVICIO, EN SU CASO, EN LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE LA AGRUPACION PARA LA QUE FUERON NOMBRADOS, AUNQUE ESTA QUEDE SUPRIMIDA
EN LO SUCESIVO, LAS PROPUESTAS Y LOS NOMBRAMIENTOS DE FISCALES SUSTITUTOS DEBERAN PRECISAR LOS JUZGADOS DE DISTRITO A QUE SE EXTIENDE EL AMBITO DE SU ACTUACION, PERO SU NUMERO NO PODRA EXCEDER DEL DE ABOGADOS FISCALES, GRADO DE INGRESO, INTEGRANTES DE LA PLANTILLA DE LA FISCALIA TERRITORIAL O PROVINCIAL RESPECTIVA
TERCERA.-EN CASO DE URGENTES E INAPLAZABLES EXIGENCIAS DEL SERVICIO, LOS FISCALES JEFES DE LAS AUDIENCIAS TERRITORIALES PODRAN NOMBRA FISCALES SUSTITUTOS, CON CARACTER TRANSITORIO, PARA ACTUAR EN ORGANOS DETERMINADOS Y ACTUACIONES CONCRETAS , COMUNICANDOLO A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO QUE INTERESARA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA LA APROBACION DEL NOMBRAMIENTO A LOS EFECTOS ECONOMICOS CORRESPONDIENTES
DADO EN MADRID A 8 DE FEBRERO DE 1984 .-JUAN CARLOS R.-EL MINISTRO DE JUSTICIA, FERNANDO LEDESMA BARTRET