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SENTENCIA de 3 de julio de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el artículo 24.1 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio.

Estado : Vigente
Órgano Emisor : Tribunal Supremo
Rango : Sentencia
Fecha: 03-07-2003
Fecha de Publicación: 13-10-2003
Boletín : Boletín Oficial del Estado
Marginal : 69359247
Texto Completo :
SENTENCIA de 3 de julio de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el artículo 24.1 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio.Introducción

En el recurso contencioso-administrativo n.o 498/2001, interpuesto por don Blas Manuel Rivas Alejandro, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 3 de julio de 2003, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

"Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Silvia Barreiro Teijeiro, en nombre y representación de don Blas Manuel Rivas Alejandro, contra el Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, y debemos anular y anulamos el artículo 24.1 del mismo.

Sin costas. El presente fallo se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"".

Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres ; Magistrados: Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Mínguez ; Excmo. Sr. D. Enrique Lecumberri Martí ; Excmo. Sr. D.

Agustín Puente Prieto. Sr. D. Santiago Martínez-Vares García ; Excmo. Sr. D. Francisco González Navarro.

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