Suministros de electricidad sujetos al Impuesto Especial sobre la Electricidad y al Impuesto sobre el Valor Añadido.
Si es correcta la inclusión del importe del Impuesto Especial sobre la Electricidad que grava dichos suministros, en la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido a que también están sujetos los mismos.