Decreto de 7 de febrero de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de doña María Illán Medina como Fiscal Decana de la Fiscalía Provincial de Alicante y se nombra Fiscal Decana de coordinación y distribución de servicios y guardias de la Fiscalía Provincial de Alicante a doña Lourdes Giménez-Pericás Giner.

Estado: Vigente
Rango: Decreto
Fecha: 07/02/2025
Fecha de publicación: 24/02/2025
Boletín: Boletín Oficial del Estado
Marginal: 72295391
El 24 de enero de 2025 el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante, remitió a la Inspección Fiscal propuesta de nombramiento como fiscal Decana de coordinación y distribución de servicios y guardias de esa Fiscalía a la Ilma. Sra. D.ª Lourdes Giménez-Pericás Giner, así como el cese como fiscal Decana de la Ilma. Sra. D.ª María Illán Medina.

Con motivo de la concesión de una comisión de servicios en el Ministerio de Justicia a la anterior Decana, Ilma. Sra. D.ª María Illán Medina, quedó vacante dicho cargo en la Fiscalía Provincial de Alicante.

Para cubrirlo, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Se presentó una única solicitud como aspirante a ejercer el cargo por la Ilma. Sra. D.ª Lourdes Giménez-Pericás Giner. El 24 de enero de 2025 el Fiscal Jefe formuló propuesta de nombramiento de doña Lourdes como fiscal Decana de coordinación y distribución de guardias y servicios, en atención a su idoneidad para el desempeño del cargo al haber ejercido la jefatura de la Fiscalía de Área de Benidorm-Dénia durante 10 años y colaborar en la Fiscalía Provincial de Alicante en esos menesteres desde el año 2021.

Doña Lourdes no ocupa plaza de coordinación en la Fiscalía Provincial de Alicante.

La aceptación de la comisión de servicios en el Ministerio de Justicia por doña María Illán Medina debe considerarse como renuncia tácita al cargo de decana. No obstante, se dio traslado para alegaciones a doña María respecto de la conveniencia de nombramiento de nueva persona para que desempeñe el cargo de decano vacante, debido al plazo de la comisión de servicios que le fue concedida (un año prorrogable por otro) y a la conveniencia del cumplimiento del servicio. Doña María no efectuó alegación alguna.

Fundamentos de Derecho

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4).

La regulación que establece el Reglamento del Ministerio Fiscal de 2022, añade que la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal, resolverá mediante Decreto el nombramiento de fiscal decano de que se trate, de conformidad con la propuesta formulada o apartándose motivadamente de ella y designando a otro de los peticionarios, y que podrá desestimar la propuesta y acordar que se proceda a una nueva convocatoria (art. 61.4). Asimismo, dispone que el fiscal decano podrá cesar por renuncia, que deberá ser aceptada por el Fiscal General del Estado (art. 61.5), y que el nombramiento y cese de Fiscales decanos debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 61.3).

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Aceptar la renuncia de la Ilma. Sra. D.ª María Illán Medina al cargo de fiscal Decana de la Fiscalía Provincial de Alicante.

2. Nombrar a la Ilma. Sra. D.ª Lourdes Giménez-Pericás Giner fiscal Decana de coordinación y distribución de servicios y guardias de la Fiscalía Provincial de Alicante.

3. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, al Fiscal de Sala de la Unidad Especializada de Cooperación Internacional de la Fiscalía General del Estado, al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Valenciana, al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada y a doña María Illán Medina, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla y al Ministerio de Justicia (Dirección General para el Servicio Público de Justicia).

4. Publicar el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

5. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 7 de febrero de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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