Resolución de 30 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 25 de marzo de 2026, de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, en relación con la Ley Foral 18/2025, de 22 de diciembre, del impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

Resolución de 30 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 25 de marzo de 2026, de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, en relación con la Ley Foral 18/2025, de 22 de diciembre, del impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

Estado: Vigente
Rango: Resolución
Fecha: 30/03/2026
Fecha de publicación: 23/04/2026
Boletín: Boletín Oficial del Estado
Marginal: 72358371

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.

Madrid, 30 de marzo de 2026.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

La Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra ha adoptado el siguiente acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con la disposición final quinta de la Ley Foral 18/2025, de 22 de diciembre, del impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

2.º Designar un grupo de trabajo para proponer a la Junta de Cooperación la solución que proceda.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra».

El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–El Vicepresidente primero y Consejero de Presidencia e Igualdad, Javier Remírez Apesteguía.


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